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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Cosas de Hacienda

Ante un mismo hecho económico, Hacienda actúa de distinta forma, sin que alcance a comprender las razones de esta discriminación. A modo de ejemplo: Juan y Pedro son hermanos, están casados y ambos tienen el mismo número de hijos. Trabajan en puestos similares y tienen los mismos ingresos. Su padre les dio hace tiempo mil acciones de la sociedad tal a cada uno, que ambos conservan.En el ejercicio pasado, la sociedad tal amplió su capital en la proporción de una acción nueva por cada diez antiguas, totalmente liberadas para el suscriptor. Juan suscribió las cien acciones que le correspondían, mientras que Pedro vendió los derechos, que le importaron 100.000 pesetas, y con ellas compró cien acciones de la misma sociedad tal, pues su cotización en Bolsa era del ciento por ciento.

Se reúnen para hacer sus declaraciones sobre la renta, que son en todo coincidentes, excepto en él capítulo de desgravaciones por inversión. Para- Hacienda no están sujetas a impuesto ni las acciones liberadas ni el importe de la venta de derechos. Juan no puede deducir de la cuota las cien acciones, pues Hacienda considera que se las han regalado. Pedro, a quien le han regalado igual cantidad, puede deducir 15.000 pesetas de la cuota (el 15%. de las 100.000 pesetas empleadas).

El hecho económico es que Juan y Pedro adquieren cien acciones de la sociedad tal y que la procedencia del dinero es la misma: a Pedro le autorizan una deducción de 15.000 pesetas y a Juan no.¿Por qué? /

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