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El Tribunal Constitucional ha resuelto más de 700 asuntos en sus dos primeros años de vida

El Tribunal Constitucional celebró ayer oficialmente, con una recepción a altas personalidades y representantes de órganos constitucionales del país el segundo aniversario de su entrada en funcionamiento. En sus primeros dos años de vida, el Tribunal ha resuelto cerca de setecientos asuntos y ha dictado más de ochenta sentencias. Su presidente, Manuel García Pelayo, calificó la actuación como "muy positiva, aunque la naturaleza de un balance implica que haya algo que se puede criticar, aspecto que por lo demás es necesario para el buen funcionamiento de las instituciones".

En el acto estuvieron presentes el presidente del Gobierno, Leopoldo Calvo Sotelo; el secretario general del PSOE, Felipe González; el presidente de la Junta de jefes del Estado Mayor, teniente general Lacalle Leloup; el presidente del Congreso de los Diputados y de UCD, Landelino Lavilla; el presidente del Senado, Cecilio Valverde, y varios miembros del Gobierno, como Rodolfo Martín Villa, Juan José Rosón y Matías Rodríguez Inciarte.Desde el 15 de julio de 1980, los doce magistrados que lo integran, bajo la vicepresidencia de Jerónimo Arozamena y la presidencia de Manuel García Pelayo, han venido desplegando una intensa actividad en los diferentes campos de competencias que la Constitución le atribuye: recursos de inconstitucionalidad contra leyes o actos con fuerza de ley; recursos de amparo por violación de los derechos y libertades de los ciudadanos; conflictos de compétencias entre el Estado central y las Comunidades autónomas o de éstas entre sí.

Del total de novecientos asuntos ingresados en el Tribunal, la mayor parte, unos ochocientos, se configuran como recursos de amparo interpuestos por particulares, que han invocado mayoritariamente supuestas violaciones del derecho de igualdad ante la ley, consagrado en el artículo 14 de la Constitución, y del derecho a obtener tutela efectiva de los tribunales y jueces (artículo 24). En este apartado destacan ciertas sentencias fue han llegado a adquirir un amplio eco popular, como la que anula la retirada de credenciales al director de Diario 16 por parte del Consejo Supremo de Justicia Militar, en el juicio contra los acusados de la sublevación militar del 23-F, y otra, igualmente reciente, que reconoce el derecho el invocar la objeción de conciencia para obtener un aplazamiento en la incorporación a filas.

El recurso de inconstitucionalidad comprende dos variantes esenciales: el recurso contra leyes, cuya presentación es facultad exclusiva del presidente del Gobierno, del defensor del pueblo o de cincuenta parlamentarios, y la cuestión de inconstitucionalidad que pueden promover los jueces o tribunales cuando consideren que una norma con rango de ley, aplicable a un caso de su competencia, pueda ser contraria a la Constitución. Los asuntos ingresados pertenecientes al primer capítulo han sido 33, mientras que las cuestiones de inconstitucionalidad han sido diecisiete.

Los conflictos de competencias entre el Estado central y las Comunidades autónomas han sido frecuentes a lo largo de los dos primeros años de existencia del Tribunal Constitucional, y fruto de ellos son los 42 casos ingresados en este período. Entre ellos se encuentran casos de amplia resonancia, como el enfrentamiento habido entre la Administración central y la Generalidad a raíz de un decreto de ésta sobre transferencia urgente y plena de las Diputaciones catalanas a la Generalidad y los decretos relativos al otorgamiento de concesiones de emisoras de frecuencia modulada y a la regulación de su régimen de adjudicación.

Por último, el recurso previo de inconstitucionalidad ha tenido un exponente de relieve en la reciente consulta acerca de la conformidad de la LOAPA con la Carta Constitucional, que ha sido solicitada por el Congreso de Diputados.

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Este amplio balance de actividades hace sentirse satisfecho al presidente del Tribunal Constitucional, Manuel García Pelayo, quien declaraba a EL PAIS que "El Tribunal Constitucional español sale bien parado de la comparación con los de otros países en cuanto a su eficacia general". Pero Manuel García Pelayo aportaba una segunda razón para valorar positivamente lo logrado en estos dos años: "Nuestra contribución al proceso de asentamiento y afianzamiento de la Constitución en España".

El edificio constitucional se verá sólo completado, según García Pelayo, con el nombramiento del Defensor del Pueblo, porque éste podrá "presentar recursos de inconstitucionalidad y, además, podrá resolver, con su intercesión directa ante los poderes públicos, muchos asuntos que ahora nos son presentados como recursos de amparo".

Manuel García Pelayo no piensa que el hecho de que el Tribunal Constitucional no pueda actuar a iniciativa propia, sino a instancia de parte cualificada, sea un obstáculo para su eficacia, aunque ello impidiese formuIar cualquier dictamen sobre la adhesión a la OTAN: "Si el Tribunal pudiese intervenir a iniciativa propia poseería unos poderes desusados, que lesionarían las competencias de otros órganos, como el poder legislativo, el Gobierno y los ejecutivos de las Comunidades autónomas".

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