Octavillas en el Congreso
EN LA mañana de ayer, el Congreso ha sido objeto de una curiosa siembra de octavillas, que reproducían una ceñuda nota de rectificación a nuestro editorial La JUJEM y la crítica de la sentencia (véase página 12 de la edición de ayer). La protesta, en forma de carta, estaba dirigida por los diputados Víctor Carrascal, Leopoldo Torres y José Bono, secretarios del Congreso, al director de EL PAIS. Antes de entrar en mayores comentarios quizá sea bueno decir que la nota fue recibida por su destinatario media hora después de que Radio Nacional la incluyera en su servicio informativo de las dos de la tarde. No perdemos la esperanza de que tanto Televisión Española como la radio estatal reproducirán, hoy, nuestra réplica en los mismos espacios que difundieron ayer la citada carta.El procedimiento de filtración previa del escrito ya resulta sorprendente, pero queda reducido a anécdota pueril cuando se lo compara con el contenido de una rectificación que deja nuestro comentario editorial de anteayer en el mismo estado que antes de formularla. Los secretarios del Congreso se declaran, por su cuenta y riesgo, destinatarios de una acusación de "cobardía moral que sólo beneficia a los golpistas" y la rechazan como una afirmación claramente injuriosa y hecha cuando menos -¿qué sería cuando más?- con negligente ligereza. Los diputados Carrascal, Torres y Bono tienen la condescendiente amabilidad de suponer que esa acusación injuriosa presuntamente formulada por EL PAIS contra el Congreso procede más del desconocimiento de la realidad que del deseo de ofender a la representación del pueblo español. Aunque hay que agradecerles el beneficio de la duda, no obstante se lo devolvemos, sin ánimo de ofender tampoco a nadie. Véase por qué.
Los firmantes de la carta se han inmiscuido en el asunto de la herida de bala del señor Erice como esos mirones callejeros que, sin venir a cuento, meten baza en una pelea ajena y terminan liándose a bofetadas, ante el asombro general, con alguno de los protagonistas de la discusión. Nuestro comentario se limitaba a señalar, de pasada, que resultaba necesaria una explicación del Presidente del Gobierno sobre el ocultamiento de la existencia de un herido de bala en el tiroteo del 23 de febrero, dado que, de figurar como hechoprobado en la sentencia, hubiera condicionado necesariamente el contenido del fallo. El artículo 294 del Código de Justicia Militar, utilizado para absolver a los ocho tenientes de la Guardia Civil y para rebajar las penas de otros condenados, exige, para ser aplicado, que los rebeldes depongan las armas antes de haber hecho uso de las mismas. Hemos señalado en anteriores ocasiones que, en nuestra opinión, en la rebelión militar del 23 de febrero no se ha dado ninguno de los requisitos necesarios para la aplicación del citado artículo. Pero ni la más benevolente interpretación del más benevolente tribunal podría aceptar que unas armas no han sido usadas cuando hay un herido de bala como consecuencia de los disparos realizados con ellas.
Los secretarios del Congreso dicen que el relato circuristanciado de hechos que remitieron al juez instructor de la causa del 23 de febrero hacía constar que el diputado Fuejo, médico de profesión, asistió a varios invitados que habían sufrido, al producirse el tiroteo, contusiones o heridas como consecuencia del rebote de casquillos, desprendimiento de cristales o escayolas, etc. Agradecemos la información, pero añadimos que en nada rectifica nuestro comentario editorial de ayer por la sencifia razón de que en ningún momento aludimos a las presuntas culpas del Congreso sino a las eventuales responsabilidades del Gobierno. El diputado Fuejo ha aclarado por lo demás que él no atendió a Erice porque éste ostensiblemente no quiso ser atendido, y sí marcharse cuanto antes. En cualquier caso, conviene subrayar que el rebote de un casquillo o las heridas por desprendimiento de cristales o escayolas son algo muy distinto de una herida de bala, que es la que recibió, según su propio testimonio, el señor Erice. Tal vez el cuñado del Presidente del Gobierno haya equivocado el diagnóstico médico, pero también pudiera ocurrir que los secretarios del Congreso hubieran cometido en su día el error de confundir un casquillo con una bala. No sabíamos, en todo caso, que los casquillos rebotaran con fuerza suficiente para salvar una altura de varios metros y alojarse en el cuerpo de un ocupante de la tribuna de invitados.
Los diputados Carrascal, Torres y Bono nos pregun tan si estamos seguros de que el Consejo de Guerra no conocía la existencia de un herido. Asombra que estos representantes de la soberanía popular, víctimas directas del salvaje atentado del 23 de febrero, no se hayan tomado la molestia de cerciorarse, a través de la delegación parlamentaria que asistió a las sesiones del juicio o del propio Gobierno por ellos elegido, de este fundamental dato y se lo pregunten en cambio a un periódico. Pero, para tener una respuesta significativa, la interrogante previa es saber si el ministerio fiscal incluyó en su escrito de conclusiones la existencia de los heridos y si el Gobierno cuidó de que así lo hiciera. Los parlamentarios lo podrían haber sabido también si se hubieran preocupado de constituir una comisión investigadora o si el herido o alguno de los testigos hubieran denunciado los hechos al juez de guardia, cosa que, al decir del propio señor Erice, algo dubitativo en sus recuerdos, no le pareció necesaria al irritado secretario del Congreso señor Carrascal. A nosotros nos parece en cambio que sí lo era y afirmarlo no debería ofender las dignidades de nadie. Ni uno ni otro cumplieron un elemental deber cívico que el señor Carrascal, abogado de profesión, y el señor Torres Bour solt, también letrado, no negarán que resultaba de interés para la instrucción del sumario.
Antes del plenario, el juez instructor debería haber practicado una investigación sobre las lesiones y haber solicitado del forense que estableciera la sanidad dafiada, ya que sólo el forense tiene capacidad legal para determinar los días que duraron las lesiones y si éstas dejaron secuelas. Si el juez instructor no pidió la intervención del forense, correspondía al ministerio fiscal reclamarlo. El señor Erice no podía actuar como parte en el proceso, ya que esa intervención está prohibida en la jurisdicción militar, pero el fiscal tenía la obligación de incluir en sus peticiones la indemnización por sus lesiones, de no constar la renuncia expresa del afectado. También surje la pregunta de si los médicos que atendieron a los lesionados dieron el correspondiente parte a la autoridad judicial. Y queda, finalmente, las grandes preguntas: ¿Cómo es posible que la opinión pública no estuviera informada de que un cuñado del Presidente del Gobierno había sido herido de bala el 23 de febrero, hecho que desbarataba la coartada de los golpistas sobre la inexistencia de lesionados en el tiroteo? ¿Por qué el Poder Ejecutivo no instó al ministerio público a subrayar en su escrito ese dato, a solicitar la obligada y reglamentaria intervención del médico forense en las diligencias sumariales a fin de establecer la sanidad dañada y a pedir la indemnización por las lesiones sufridas? La mejor respuesta es la propia actitud de estos secretarios del Congreso que se dedican ahora a repartir intempestivas octavillas por los escaños de las Cortes, en términos que hablan por sí mismos.
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