Ejemplo práctico
Don XX, casado, con tres hijos menores de edad, uno de ellos subnormal, declara una base imponible sometida íntegramente a tarifa general correspondiente a la unidad familiar por el ejercicio 1981 de 3.800.000 pesetas, sobre cuyos rendimientos le practicaron unas retenciones de 548.000 pesetas por rendimiento de trabajo y 27.000 pesetas por remuneraciones del capital mobiliario.La parte fundamental de esos rendimientos son de trabajo personal del padre (2.400.000 pesetas) y uno de los hijos menores (1.000.000 pesetas).
La esposa es gran inválida.
La familia tiene contratada una póliza de seguro de vida, cuya prima anual asciende a 45.000 pesetas. Para arreglar la dentadura de uno de los hijos se pagó al odontólogo la cantidad de 120.000 pesetas en 1981. En dicho año, también se pagaron 80.000 pesetas a un abogado que defendió al padre con motivo de un accidente de automóvil.
Por gastos de primera comunión de uno de los hijos pueden justificarse 70.000 pesetas. En 1981 se trasladaron al extranjero, donde residen los padres del cónyuge, pagando en concepto de viajes y estancias 280.000 pesetas.


























































