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Tribuna:TRIBUNA LIBRE
Tribuna
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La información económica

La información del tipo y clase que sea, sigue constituyendo un tema cada día más actual e incluso vital en lo tocante a la necesidad de no faltar al respeto de la intimidad de las personas, haciendo compatible con el derecho que la colectividad tiene de saber lo que sucede a su alrededor, para tener conocimiento de causa respecto a los hechos, sucesos o acontecimientos que se desarrollan en su entorno.

Cómo la información puede violentar el derecho a la intimidad de la persona es algo tan sin delimitar, tan sin definir, que ello da origen en la vida de cada día a todo tipo de reclamaciones e incluso querellas. La interpretación, que en el Derecho exige dos posturas contrapuestas -la del defensor y la del fiscal, por ejemplo, en lo penal, y una posición decisoria, que es la del juez-, en el terreno informativo falta, al no darse la oportunidad de escuchar a aquel que es objeto de la noticia. Sin embargo, hay noticias que afectan enormemente a la sociedad, como pueden ser las económicas. Esta falta de noticias, por ejemplo, a los bancos en lo que respecta a clientes que se denominan morosos, pueden producir auténticos climas de desconfianza y de falta de agilidad en las operaciones de crédito. Por eso en Alemania o en el Reino Unido hay centrales de datos, dotadas de terminales por medio de ordenadores, que registran todas las incidencias negativas y agilizan enormemente el desarrollo económico financiero y fiduciario de su país.Como siempre, la necesidad acaba creando el órgano, y las sociedades menos desarrolladas acaban adaptando los sistemas de las más desarrolladas, y es por eso por lo que propugnamos la existencia en nuestro país de un banco de datos negativos, de una central de riesgos que, sin publicidad, y sólo para los legítimamente interesados, informe, como ya se informa en otras sociedades más avanzadas, sobre quien no sea merecedor de la concesión de un crédito; para que, por reducción, el que sí lo sea no tenga que sufrir retrasos en su concesión ni se le exijan (por si acaso) garantías excesivas, que puedan llevarle a desistir de solicitar tal crédito.

Control de la solvencia o morosidad

Se nos puede alegar que el excesivo control sobre la solvencia o morosidad de las personas coarta e impide tal vez a algunos el que puedan salir a flote o relanzarse por medio de nuevas empresas, dañando así el derecho a la intimidad de los individuos en lo que respecta a sus posibilidades patrimoniales. Esta alegación es injusta porque olvida la propia naturaleza del hombre y cómo históricamente ha ido ganando sus derechos. Los derechos de las personas constituyen parcelas conquistadas a costa del gran derecho de las colectividades sobre los individuos que las integran. Por ejemplo, entre los beduinos, la pena capital para los mayores delitos se castiga con la expulsión del culpable de la tribu. Y si se estudia condetenimiento la historia del Derecho penal se comprueba cómo la venganza ha sido su fundamento, y cómo hasta épocas relativamente recientes los delitos los castigaba la sociedad "a instancia de parte", o sea sólo si el ofendido se lo pedía, y que se podían redimir las penas, incluso la de muerte, pagando un precio, si éste era aceptado por los agraviados.

En esto, como en casi todo, el hombre, al tomar posición, se olvida de la historia y toma la situación actual como la definitiva, sin tener presente que lo de ahora procede de lo de antes y que irremisiblemente desemboca en lo de después.

Jurídicamente hablando, la sociedad es anterior y, por tanto, mucho más importante que el indlviduo, y éste está sometido a la sociedad de por vida, con ningún derecho, como les ocurría a los esclavos, o con todos los derechos, como les ocurría a los dictadores y a los tiranos, pero sometido a ella.

Porque recuérdese que la sociedad ha actuado siempre por disociación, aunque parezca un contrasentido, y si los individuos lograron derechos se debió a que "pactaron la existencia" de esos derechos o los conquistaron por la fuerza, y fueron reconocidos corno privilegios, fueros, etcétera.

Es que la sociedad nunca está ni ha estado sola, siempre ha convivido o se ha enfrentado a otras sociedades, y los componentes de cada sociedad, llámese familia, grupo, clan o clase, han antepuesto su condición dentro de la sociedad a su condición de individuos aislados, de personas iguales a las otras, con los mismos derechos y obligaciones, y eso, quiérase o no se quiera, hasta nuestros días. Téngase presente que la naturaleza social del hombre está por delante de su verdadera naturaleza animal, hasta el punto de que un filósofo aseguraba que su derecho a no ser matado o violentado por otro más fuerte que él, que podría hacerlo, era una conquista hurnana, pero en detrimento del derecho a la primacía de los más fuertes, que da razón de ser a la vida misma.

Por lo expuesto, como juristas, consideramos que lo más importante resulta ser el bien común y que este bien común es superior a los bienes particulares en los componentes de la sociedad. Con este razonamiento hemos de concluir necesariamente que el derecho a defenderse que tienen, por ejemplo, los bancos para que la economía colectiva marche sin temores ni recelos, obteniendo toda suerte de información de la solvencia de sus presuntos, posibles o probables clientes, entra de lleno en ese derecho público superior al privado, y no puede en ningún caso catalogarse ni incluirse como ofensa a la intimidad de las personas, ya que la realidad nos muestra cómo a veces los que se enriquecen lo hacen engañando y rozando el campo de lo penal. Si las sociedades tienen el derecho a llevar un registro de penados y rebeldes, igualmente deben tener derecho a registrar las incidencias negativas -quiebras, suspensiones de pagos, procedimientos ejecutivos- que se produzcan en el país, y ello con ordenadores y computadoras, como actualmente, insistimos, ya se encuentran funcionando en riaciones tan democráticas corno Alemania Occidental y el Reino Unido.

es doctor en Derecho.

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