Juicio por presunto desacato al juez Varón Cobos
Con el rechazo por parte del tribunal de la prueba testifical propuesta por la defensa, se celebró ayer ante la sección tercera de la sala de lo penal de la audiencia Nacional el juicio contra el periodista Jorge Martínez Reverte, acusado de un delito de desacato en la persona del titular del Juzgado Central número 1 de la propia Audiencia Nacional, juez Ricardo Varón Cobos, al que el periodista se refería en un artículo publicado en La Calle con el título de Martínez Loza, Ynestrillas ,... el juez Varón Cobos. El fiscal solicitó cuatro meses de arresto mayor y multa de 100.000 pesetas pira el procesado, mientras que el defensor, letrado José María Mohedano, pidió la absolución. La defensa propuso como testigos a los periodistas Francisco Gor y Melchor Miralles, de las redacciones de EL PAIS y de Diario 16, respectivamente, autores de diversas informaciones sobre actuaciones del juez Varón Cobos, al abogado José Mair-lano Benítez de Lugo, acusador pa.rticular en eI sumario por el asesinato de Yolanda González, instruido por el citado juez, y a Cesar Alonso de los Ríos, director de La Calle.El testimonio de los tres primeros fue rechazado desde el primer momento por el presidente del tribunal, magistrado Pérez Lemaur, y el del cuarto porque había permanecido en los prolegómenos del juicio dentro de la sala de audiencia. El testigo apenas pudo explicar que si había permanecido dentro de la sala de audiencia fue por indicación del agente judicial, que está al servicio del tribunal, y que le comunicó que podía entrar a la sala, junto con los otros testigos, porque su testimonio también había sido rechazado.
El ministerio fiscal mantuvo en la vista que el artículo Martínez Loza, Ynestrillas y... el juez Varón Cobos, publicado en el número de La Calle de julio de 1980, contiene frases que llevan al ánimo de los lectores el desprestigio del juez Varón Cobos. Por su parte, el defensor alegó que el fiscal no concretaba cuáles frases eran las que inducían al desprestigio del juez, lo que colocaba a su defendido en la más pura indefensión. Tras reclamar el derecho, a la crítica de toda actuación del poder público, incluso el judicial, el defensor manifestó que el artículo de su defendido no traspasó nunca los límites de la honorabilidad del juez criticado ni los de la prudencia y decoro debidos a la función de juzgar.
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