El Condado de Treviño
En su edición del día 1 de diciembre se publica un artículo de Angeles Gil sobre la petición del Parlamento vasco de que se realice un referéndum sobre la incorporación al País Vasco del Condado de Treviño.El artículo 141 de nuestra Constitución, cuyo aniversario acabamos de celebrar, dice en su punto 1: "...cualquier alteración de los límites provinciales habrá de ser aprobada por las Cortes Generales mediante ley orgánica".
De hecho, el artículo 8 del Estatuto del País Vasco señala unos requisitos por los que podrán agregarse a dicha comunidad autónoma otros territorios o municipios que estuvieran enclavados en su totalidad dentro del territorio de la misma, y me parece muy bien que lo ponga, pero a efectos tan sólo de aceptación por el País Vasco. Lo malo es que para agregar a unos hay que separar a otros y, en eso, tiene mucho que ver la provincia de Burgos y la comunidad autónoma de Castilla-León.
Dicho Estatuto vasco es ley orgánica. De acuerdo. Pero redactada y promulgada de una forma especial y refrendada por los habitantes de las provincias Vascongadas y sólo por ellos, por lo que su principal efecto ha de ser para ellos.
Para recibir trato equitativo hay que, cuando menos, esperar a que Castilla-León tenga su Estatuto con el mismo rango, y ver qué dice a tal respecto esa futura ley orgánica. Lo contrario sería ley del embudo.
También podría efectuarse inediante una armonización, es decir, una LOAPA, que no parece gustar al Parlamento vasco.
Por ello conviene saber esperar y que el Parlamento vasco se dedique mientras tanto a otros cometidos, de los muchos a los que ha de enfrentarse, y que deje de mornento a Treviño hasta ver qué dice el Estatuto de Castilla-León. /
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