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El fiscal solicita multas por valor de 1.635 millones de pesetas y siete años años de prisión para los procesados del Banco Coca

El ministerio fiscal ha solicitado para los seis procesados en el caso del Banco Coca, que actualmente se encuentran en libertad bajo fianza de 800 millones de pesetas cada uno, multas que totalizan 1.635 millones de pesetas y más de siete años de prisión, informa Europa Press. La vista del juicio oral se celebrará el próximo día 21, ante el juez central de instrucción número 3 de la Audiencia Nacional, quien tiene capacidad para imponer multas de cuantía ilimitada por delitos monetarios, así como penas accesorias que pueden llegar hasta tres años de privación de libertad.

En sus conclusiones provisionales, el fiscal considera que los seis procesados son autores de un delito tipificado en el apartado 12 del artículo primero de la Ley de 24 de noviembre de 1938. Las peticiones del fiscal son: para Ignacio Coca García, 650 millones de pesetas y dos años y seis meses de prisión; para Enrique Miñarro Montoya, 650 millones y dos años y seis meses de prisión; para José Luis Cuberta Graña y Joaquín Santamaría López, 125 millones y un año y un día de prisión a cada uno; para Diego Ferrer Gómez, 60 millones de multa y cuatro meses de arresto; y para Antonio Fábregas Montpeo, 25 millones de multa.Según el escrito de conclusiones del fiscal, los hechos se produjeron de la siguiente forma: "Con ocasión de la fusión del Banco Coca, SA, con el Banco Español de Crédito, y dado que éste último no estaba dispuesto a adquirir más que las sociedades con actividades puramente bancarias, y debido a la situación económica del Banco Coca y sus múltiples filiales, que en una proporción aproximada al 85% eran propiedad de Ignacio Coca García, los acusados Ignacio Coca, Enrique Miñarro, José Luis Cuberta y Joaquín Santamaría procedieron a reestructurar las empresas que formaban parte del grupo".

Para ello y habida cuenta que las filiales, en general, adeudaban al Banco Coca miles de millones de pesetas, de difícil o casi imposible recuperación, que existían importantes fallidos de deudores ajenos al grupo y que dentro del propio banco existían endeudamientos no justificables por tener su origen en extratipos pagados irregularmente -continúan las conclusiones del fiscal-, decidieron, utilizando algunas de las sociedades existentes y creando para este fin no menos de cuarenta sociedades nuevas, provocar una artificial y aparente revaloración de sus patiomonios que, por un lado, justificaría el endeudamiento con el Banco Coca y, por otro, que es el que resulta operativo a los efectos de esta calificación, provocaría un remanente de dinero efectivo sin arraigo en ninguna de las contabilidades sociales.

Sociedades fantasma

La creación de estas sociedades se realizó sin objetivo concreto alguno, integradas por personas próximas y de confianza de los acusados antes mencionados, con un capital escriturado que generosamente no excedía de 100.000 pesetas que no se desembolsaba, ni, por tanto, pertenecía a los socios fundadores aparentes, cuya única intervención quedó reducida a la automática firma de los oportunos vendís, en blanco, que eran recogidos por Coca o Miñarro.

Entre las sociedades creadas -continúa el fiscal- nace con carácter especial, pues iba a ser la receptora de todas las anterlores, Inmobiliaria Flavia, SA, de propiedad exclusiva de Ignacio Coca García y cuyo capital queda constituido con los 5.566 millones de pesetas que Ignacio Coca recibe del Banesto por la cesión de sus acciones.

Casi 5.000 millones de beneficio

Realizada la anterior fase creativa, siguiendo las instrucciones de Coca, con la gestión de Miñarro y la realización técnica de Cuberta y Santamaría, se procedió a la revalorización de las sociedades del grupo del siguiente modo: estas sociedades, aparentemente pertenecientes y regidas por terceros, pero pertenecientes a los acusados, cedían sus acciones, o sus patrimonios a un tercero buscado al efecto, que en la misma fecha revendía lo adquirido a Inmobiliaria Flavia, SA, pero multiplicando su valor por diez.

Como consecuencia de este movimiento transmisivo -continúan las conclusiones- las sociedades inicialmente vendedoras mantenían correctamente su contabilidad, por aparecer recibidas las cantidades por las que las habían vendido, al mismo tiempo que Inmobiliaria Flavia, SA, veía aumentado su patrimonio con los bienes o acciones adquiridos al precio multiplicado, pero que realmente no había tenido que pagar.

Por esta serie de maquinaciones de los encausados Coca, Miñarro, Cubertas y Santamaría, lograron que Inmobiliaria Flavia, SA, conservase contablemente su capital de 5.566 millones de pesetas, procedentes del Banco Español de Crédito, y, por otra parte, tuvieran a su disposición, en metálico y sin adscrición a ninguna de las sociedades, un total de 4.950 millones de pesetas, continúa el fiscal.

El fiscal continúa señalando en sus conclusiones que, como consecuencia de todo ello, se realizan gestiones con terceros, personalmente por Miñarro, y se consigue la extracción de España, careciendo de la oportuna autorización, de un total de 995.698.014 pesetas, de las que con posterioridad han sido reintegradas a España un total de 594.450.000.

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