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Sainz de Robles: "La administración de la justicia cambió absolutamente tras la Constitución"

«El cambio de la Administración de justicia sobrevenido con la Constitución de 1978 ha sido absoluto: no hay acto de poder que no pueda ser fiscalizado ante la justicia», decía ayer, en la Universidad de Navarra, Federico Sainz de Robles, presidente del Tribunal Supremo Y del Consejo General del Poder Judicial, en la inauguración del curso 1981-1982 de la facultad de Derecho.

Sainz de Robles disertó sobre La ejecución de las sentencias contencioso-administrativas y la Constitución del 78. El artículo 117 de la Constitución señala que «el ejercicío de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos... corresponde exclusivamente a los juzgados y tribunales». Este precepto constitucional fije contrapuesto por el conferenciante, a la ley de la jurisdicción contencioso-ádministratlva de 1957, que dejaba fuera de las manos de la Administración de justicia la ejecución de las sentencias de esa jurisdicción. Esta ley de 1957 tuvo, comentaba Sainz de Robles, un efecto no previsto por el legislador: «Acostumbró al ciudadano a luchar contra las decisiones del poder». Aunque la Constitución «tiene mucho material de contrabando y malo», el presidente del Tribunal Supremo desafiaba a los españoles «para convertir a la Constitución en el mejor y más aplicable texto, ya que es la expresión de lo que queremos hacer con nuestra sociedad».Preguntado sobre el cambio sufrido por el poder judicial con la Constitución democrática, Sainz de Robles contestó que «ha cambiado de manera absoluta porque ha creado un órgano de gobierno desvinculado de otros poderes y ha hecho descansar sobre la Administracíón de justicia la última garantía o la penúltima, salvando al Tribunal Constitucional, de todos los aspectos de la vida. No hay acto de poder que no pueda ser fiscalizado ante la justicia», aunque reconoció que falta todavía una instrumentalización adecuada.

Tras defender que «el derecho está para servir a la sociedad, y no la sociedad al derecho», surgió la pregunta sobre la sensación de lentitud que tiene el ciudadano en la administración de justicia. «La agilización procesal», respondió, «es algo que me preocupa primordialmente. Hay justicias más lentas, ciertamente, pero a mí me preocupa la nuestra. Hay qUe reformar la demarcación de los órganos judiciales, algunos de los cuales están hoy al borde del colapso. Yo achaco la lentitud más que a deficiencias del proceso, a la aplicación de la ley».

La agilización procesal requiere, en su opinión, una dotación mayor en medios materiales. La justicia sólo alcanzará en el próximo ejerciclo al 2.4% del presupuesto nacional, mientras la media europea no baja del 4%. También señaló que el Consejo del Poder Judicial presentará retoques a la ley de Enjuiciamiento Civil y que las reformas del enjuiciamiento criminal van por buen camino.

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