Urge la legislación contra los delitos socioeconómicos
La aprobación parlamentaria e inmediata entrada en vigor del proyecto de Código Penal de 1980, especialmente de su título relativo a los delitos contra el orden socio-económico, traería para los empresarios más ventajas que inconvenientes, por lo que supondría de modernización y de arsenal legislativo hoy inexistente contra la criminalidad. Estas afirmaciones fueron reiteradas ayer a lo largo de la'exposición de la decena de ponencias y comunicaciones presentadas en la primera de las dos jornadas sobre Delitos económicos y economía de mercado, organizadas, en Madrid, por el Fondo para la Investigación Económica y Social de la Confederación Española de Cajas de Ahorros.Al presentar las sesiones, el director general de la Fundación, el profesor Enrique Fuentes Quintana, dijo que «constituiría un retroceso relegar al olvido las nuevas modalidades delictivas si con ellas se consigue mayor claridad y transparencia del mercado, una mejora de las relaciones laborales y una más completa defensa de los intereses de los consumidores. No obstante, apuntó que sólo produciría perjuicios al sistema económico y ninguna ventaja la configuración de unos tipos delictivos que partieran de la presunción generalizada de que los agentes económicos actúan al margen de la ley.
El mercado negro
Por su parte, Gonzalo Rodríguez Mourullo, catedrático de Derecho Penal, recordó que distintos comentaristas han considerado el título sobre delitos contra el orden socioeconómico el más importante de la reforma del Código Penal. Después de trazar una panorámica de la delincuencia económica en las últimas décadas -mercado negro propio de la escasez en los años cincuenta, prácticas abusivas propias de un proceso de desarrollo acelerado en los sesenta, inclinación a la delincuencia empresarial para subsistir ante la crisis en los setenta-, Rodríguez Mourullo afirmó que, para combatir el complejo fenómeno de la criminalidad económica, no se ha contado con un arsenal legislativo adecuado. A su juicio, la legislación especial ha resultado de eficacia casi nula, y buena parte de ella atribuía potestades sancionadoras a la Administración incompatibles con el Estado de derecho. Del Código Penal -agregó-, sólo pueden ser aplicados con alguna utilidad los delitos de falsedad y contra la propiedad.
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