División de opiniones en el Consejo de RTVE
José Ignacio Wert, vocal del Consejo de Administración de RTVE en representación de Unión de Centro Democrático, manifestó a EL PAIS: «Me parece muy satisfactorio que el proyecto de decreto recoja, en temas de contenido, las mismas prescripciones que el estatuto establece para la televisión estatal en cuanto a las cautelas y obligaciones derivadas de este servicio público. Soy partidario de la concurrencia entre un sistema estatal y la iniciativa privada, porque, entre otras razones, será estimulante para la televisión pública, como ya lo es la competencia entre la radio estatal y la privada. La concurrencia en la televisión no se establece sobre la base de una degradación de la televisión estatal, aunque contemplo con preocupación las dificultades económicas que al Ente Público RTVE le puedan plantear las televisiones privadas, especialmente en lo que se refiere a ingresos por publicidad».Carmen Llorca, vocal en representación de Coalición Democrática, comentó: «Con absoluta independencia respecto al anteproyecto, que todavía no tiene difusión oficial, encuentro lógico que existan televisiones privadas, siempre que cada uno de los concesionarios esté en condiciones de mantener, en el orden económico y técnico, las normas que se establezcan».
José María Calviño, vocal independiente en representación del Partido Socialista Obrero Español, manifestó: «En cuanto a la exposición de motivos del proyecto de decreto, en ningún caso el desarrollo que autoriza la disposición final del estatuto de la radio y televisión puede conducir a que, por decreto, se modifique la letra de la propia norma. De hecho, en la Ley 4/1980 no se prevé, en modo alguno, la concesión administrativa para la explotación de la televisión, aunque sí para la radio. En segundo lugar, no nos consta que el Ente Público RTVE haya emitido dictamen alguno sobre el plan técnico que permitiría la puesta en marcha de emisoras de televisión privada. Las propias limitaciones técnicas del espectro radioeléctrico, por otra parte, conducen necesariamente a una situación como mínimo de oligopolio, con lo cual se depositaría en manos privadas un servicio público de carácter esencial, en contra de lo que establece el artículo 128.2 de la Constitución. Por último, estamos ante el primer caso en la Europa democrática -donde sólo en un país, Italia, existe televisión privada sólo con ámbito local y debido a una laguna de la Constitución- en que desde el propio Gobierno se regula la televisión privada».
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