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Reportaje:

El Consejo de RTVE divulga las Iíneas generales de la programación/1

Unas consideraciones generales, la enumeración de los principios básicos de la programación, la delimitación de grandes áreas en el conjunto de ésta y una serie de recomendaciones especiales para cada medio (Televisión Española, RNE y RCE) son los cuatro. capítulos que integran el documento sobre principios y líneas generales, que consta, en total, de cincuenta folios.El texto constitucional y el Estatuto de la Radio y la Televisión son las dos referencias últimas, fuentes de inspiración y guías de interpretación que han informado su redacción, se señala en el breve preámbulo. A continuación, en el capítulo correspondiente a consideraciones generales, se establece una distinción entre los principios básicos, «una suerte de valores horizontales que deben inspirar permanentemente te programación de todos los medios comprendidos en el Ente Público y unas líneas generales de programación, a modo de objetivos sectoriales, que deben orientar y a los que han de acomodarse los esquemas de programas de cada uno de los medios».

Como una relación dinámica y abierta a nuevas aportaciones, se exponen seguidamente los seis principios generales que «como ideas-fuerza deben impregnar horizontalmente la programación de los medios». Resumiendo su formulación son los siguientes:

1º Fomentar la identificación de las audiencias con los valores que la Constitución reconoce y en que funda la convivencia nacional: la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.

2º Contribuir al refuerzo de los sentimientos de unidad nacional y solidaridad entre todos los españoles.

3º Estimular los hábitos de diálogo, tolerancia y apertura, propiciar el debate, despertar el espíritu cívico, diseminar la idea de repudio a las soluciones violentas.

4º Reforzar en la población los sentimientos de legitimidad de las instituciones.

5º Explicar con rigor, pero asequiblemente, los problemas de la economía nacional y su inserción en un contexto más amplio.

6º La radio y. la 'televisión deben ser espejos vivos y fieles de la realidad, sin exclusión de ningún aspecto que merezca ser recogido. La libertad de expresión es una actitud exigible en los medios y a los profesionales.

La información-y la opinión, la cultura, el deporte y la educación física, los programas de entretenimiento, la programación infantil y juvenil y otros programas que incluyen la cooperación con es sistema educativo y los programas religiosos, son las seis grandes áreas de programación que establece el referido documento. Para cada una de ellas se definen unos objetivos sectoriales que se integran con los objetivos horizontales recogidos en los principios básicos. En conjunto, tales objetivos constituyen el repertorio de exigencias respecto a las cuales valorará el consejo de administración la programación en cada momento.

En cuanto al área de información y opinión se señalan dos objetivos comunes a toda la programación: «Proveer de conocimientos a todos los ciudadanos y estimular una respuesta libre y fundada ante los hechos y datos expuestos».

Las exigencias, también comunes, que se plantean son: la objetividad e imparcialidad de las informaciones (interpretando estas nociones a la luz del sistema político de democracia parlamentaria y de la Constitución); la veracidad de las mismas; la separación entre informaciones y opiniones, y la atención a la repercusión social de los medios en función del respeto al honor y buen nombre de los ciudadanos.

En relación con la exigencia de veracidad se establece que «en ningún caso se utilizarán fórmulas que, presentadas como encuestas de opinión, no respondan a una metodología científica y deformen la auténtica representatividad de los opinantes». En lo que se refiere a difusión de encuestas y sondeos electorales, el texto comentado se remite a la ley 14/1980, de 18 de abril.

Comunicar los cambios

Como una garantía o salvaguardia de las personalidades públicas invitadas a cualquier programa de opinión o de_,:)ate, se indica que éstas «deberán ser informadas de la fecha aproximada de emisión, características, contenido y relación de participantes del programa que se trate. Cualquier alteración sustancial del mismo, previa a su emisión, deberá ser advertida a los invitados a fin de que éstos puedan decidir libremente el mantenimiento de su participación en el pro grama o su retirada del mismo".

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