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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Las secuelas del aceite

LA CONFERENCIA de Prensa ministerial de la semana pasada y la declaración de la Comisión Ejecutiva de UCD no han impedido que la ya larga lista de fallecimientos de hombres, mujeres y niños, privados de la vida por la codicia criminal de una banda de traficantes y por la desidia administrativa, siga aumentando su trágico saldo. En estos momentos, el número de muertos asciende a 74, sin que resulte posible asegurar que ese siniestro registro se haya cerrado definitivamente ni se pueda pronosticar cuáles van a ser las consecuencias y el alcance de las secuelas crónicas en los supervivientes.Los hospitales siguen amortizando parcialmente las altas de los intoxicados con nuevos ingresos causados por aceites adulterados, y los médicos continúan tratando de salvar la vida de los pacientes muy graves. Entre los fallecidos y los enfermos dados provisionalmente de alta, que aguardan con angustia las repercusiones a corto, medio o largo plazo de la intoxicación, predominan las gentes de humilde condición, consumidoras habitualmente de los aceites a granel, cuyo módico precio se paga con la salud o con la vida. No parece, en cambio, que figuren en esas dolorosas listas demasiados miembros de grupos de ingresos altos y medios, situados en la cima o en las zonas templadas de la jerarquía económica, social y política. Tal vez esa sea la razón del notable estoicismo y de la apacible resignación con los que la autoridad está afrontando, como si de una plaga de Egipto o una peste negra medieval se tratara, el goteo de muertes y de nuevas hospitalizaciones por intoxicación de los últimos días. ¿Tan difícil sería que la televisión y las radios estatales, de enorme audiencia nacional, introdujeran cuñas en su programación, a lo largo del día, para prevenir a los españoles sobre los riesgos del consumo de aceites a granel, para describir los síntomas del envenenamiento y para indicar las medidas a seguir cuando se aprecian las primeras dolencias? ¿No podría ser esta una ocasión para amortizar la creación de la Dirección de Protección Civil y utilizar, si necesario fuera, el articulado de la ley orgánica sobre el estado de alarma, aplicable a situaciones que amenazan, por causas no políticas, la normalidad ciudadana?En la conferencia de Prensa gubernamental se llegó a atribuir a la débil constitución física de los enfermos la responsabilidad de su eventual fallecimiento, como consecuencia de las secuelas producidas por la intoxicación. También se criticó severamente a las víctimas por no haber denunciado a tiempo, como consumidores, el fraude industrial y mercantil que les produciría la muerte. No obstante, y aunque sea a posterioK, son ya 185 las querellas interpuestas por particulares ante el Juzgado Central de la Audiencia Nacional para exigir responsabilidades a los traficantes homicidas. Para satisfacción de los consumidores, sólo queda ahora que el ministro de Comercio acuda al Parlamento, a la televisión, a la radio, a los medios de comunicación, para contar a los ciudadanos los procedimientos que podrán seguir en el futuro, a fin de denunciar los fraudes en la comercialización de los productos y para detallar las garantías que ofrece el Gobierno, en forma de ventanillas abiertas, de funcionarios disponibles y de fondos asignados, de que ese servicio realmente va a funcionar eficazmente en todas las ciudades, barrios, pueblos y aldeas de España.Por lo demás, el Ministerio del Interior y el Cuerpo Superior de Policía están realizando una eficaz labor al localizar y detener a los responsables de esta auténtica conspiración contra la salud de todos los españoles, sórdidamente movida por el deseo de mejorar, sin reparar en medios, la cuenta de resultados de algunas sociedades dedicadas a la importación, la mezcla, el envasado o la comercialización del aceite adulterado.

El Juzgado de la Audiencia Nacional ha dictado ya varios autos de procesamiento contra los industriales y comerciantes intoxicadores. Tal y como establece el artículo 346 del Código Penal, incurren en un delito contra la salud pública, penado con prisión menor (de seis meses y un día a seis años de privación de libertad), quienes alteuraren con cualquier mezcla nociva las bebidas comestibles destinados al consumo público o fabricaren vendieren géneros corrompidos. De añadidura, el artículo 348 fija le pena de reclusión menor (de doce años y un día a veinte años de privación de libertad) para los casos en que tales atentados contra la salud produjeran muertes. Y el artículo 565, dedicado a la imprudencia punible, contempla las responsabilidades y las penas por las muertes o lesiones graves causadas a consecuencia de la impericia o de la negligencia profesional.

La policía está cumpliendo con sus deberes y el poder judicial sabe a qué atenerse respecto a los suyos. Esas actuaciones de los poderes públicos, tan esperables como merecedoras de elogio, no pueden servir a los departamentos de Sanidad, Comercio y Agricultura para considerar ya consumada la ceremonia del lavado de sus manos.

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