El Gobierno español no concederá extradiciones a países que tengan en vigor la pena de muerte
El Gobierno ha remitido al Congreso de los Diputados el proyecto de reservas y declaraciones que pretende formular la ratificación por España del convenio europeo de extradición.En una de las declaraciones se propone: «Cuando el delito por el cual se pide la extradición pueda ser castigado con la pena de muerte, según las leyes de la parte requirente, España denegará la extradición, a no ser que la parte requirente ofrezca garantías, consideradas suficientes por la parte requerida, de que no se impondrá la pena de muerte, o de que, si se impone, no será ejecutada».
Esta redacción es menos categórica que la que sugirió en su día la Comisión de Asuntos Exteriores, al estudiar por primera vez esta ratificación de España del convenio europeo de extradición, que formulaba una serie de propuestas de declaración y de reservas que, una vez estudiadas por el Ministerio de Asuntos Exteriores, se remiten de nuevo a la Cámara baja.
La comisión de Asuntos Exteriores proponía la siguiente redacción: «En ningún caso se concederá la extradición por delitos castigados con pena capital o prisión perpetua», mientras el Ministerio de Asuntos Exteriores entiende que, si la pena que puede recaer sobre el extraditado no es la de muerte, sino la de reclusión perpetua, no hay razón de humanidad ni de justicia natural para excluirla de la extradición, ya que tal exclusión vendría a significar que no están sujetas a la misma las personas responsables de delitos muy graves.
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