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Desencanto en la AFE con la ordenanza laboral

Existe un marcado descontento en la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) tras la publicación ayer en el BOE de la ordenanza laboral del deportista, profesional. En la misma no se recoge ningún artículo que permita esperar la suspesión de la norma de los sub-20, cosa en la que confiaba la AFE,y en algunos artículos se contienen apartados que pueden ser considerados perjudiciales para los jugadores.La esperanza de que la ordenanza laboral incluiría en un artículo que «no se pueden establecer distinciones por razón de edad», fue el motivo de que la.AFE desistiera de convocar la huelga a principios de esta temporada, huelga que hubiera tenido como fin presionar a la Federación para que retirara la norma, según la cual todos los clubes de Segunda, Segunda B y Tercera están obligados a alinear en cada encuentro un mínimo de dos jugadores menores de veinte años, lo que la AFE consideraba lesivo para el interés de los profesionales veteranos.

La huelga no se llevó a efecto porque la AFE recibió del. entonces ministro de Trabajo, Pérez Miyares, la promesa de que la ordenanza laboral incluiría un apartado en el que se prohibiría la discriminación por razón de edad. Tal promesa fue hecha por el ministro a través de Juan Antonio Sagardoy, director del Instituto de Estudios Sociales, a Quino, presidente de la AFE; Manuel Esteo, coordinador, y los vocales de la directiva Cardeñosa (Betis) y César (Almería). Quino manifestó ayer: «Si no se puede creer en la promesa de un ministro, no sabemos ya qué esperar». Pérez M¡yares no es ya ministro de Trabajo, pero la ordenanza laboral lleva su firma.

Otros disgustos

Pero aparte de esto, que tiene importancia por lo mucho que había apostado la AFE en el envite de los sub-20, hay otros artículos que han desagradado a los jugadores. Por ejemplo, se contempla como causa de la rescisión de contrato la lesión que inhabilite al jugador por período superior a un año. Lesiones así no son insólitas; el madridista Camacho estuvo más de un año parado por su lesión, y San José, también del Madrid, corre ese mismo camino. El club puede recurrir al despido improcedente con sólo abonar dos meses de sueldo por año trabajado al jugador. Aunque es más que probable que los jugadores consigan que se reconozcan como mensualidades'no sólo los sueldos, sino que se sumen a éstos las fracciones correspondientes de la ficha, este artículo puede ser muy perjudicial para ellos. Hasta ahora, los clubes estaban obligados a pagar el contrato íntegro en estos casos. Igualmente, la. ordenanza contempla como posible causa de extinción del. contrato la «crisis económica del. club o entidad deportiva que justifique una reestructuración de la plantilla de deportistas». En tal caso, los jugadores tendrían que acogerse al Fondo de Garantías Salariales.A favor de los jugadores, la ordenanza consagra el día y medio de descanso semanal y las vacaciones de treinta días al año, si bien ello no será de aplicación cuando se trate dejugar en la selección, lo que significa que los jugadores escogidos para la gira de este verano de la selección por América, durante la vacación de los clubes, no podrán acogerse a la ordenanza para recuperar sus vacaciones. La retención queda remitida al convenio colectivo, y se consagra el derecho de lós jugadores a percibir el 15% en caso de traspado, lo que ya estaba recogido en el acuerdo AFE-clubes. La ordenanza consta de catorce artículos y tres disposiciones finales.

En suma, la ordenanza laboral ha defraudado a la AFE. Esta consideraba que se debían haber tenido más en cuenta los intereses de los futbolistas.

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