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Condena contra la EMT por anular unos "bonobus"

El Juzgado de Primera Instancia número 15, de Madrid, ha confirmado la sentencia dictada por el del distrito número 9, en la que se condenaba a la Empresa Municipal de Transportes (EMT) por haber invalidado unos bono bus de color rojo en el mes de agosto de 1979, con motivo de una subida de tarifas.El abogado madrileño Francisco Barandiarán había denunciado la decisión de invalidar los bonos, puesto que en las instrucciones que aparecían al dorso de las tarjetas no se especificaban límites de tiempo para su uso. El Juzgado de distrito número 9 falló a favor del abogado y reconoció la validez de las tarjetas. La EMT recurrió contra la sentencia, pero el Juzgado de Primera Instancia número 15 ha confirmado el fallo y ha condenado a la empresa al pago de las costas. La sentencia, según fuentes jurídicas, que menciona la agencia Europa Press, es firme, definitiva y no recurrible. La empresa incluye actualmente una cláusula aclaratoria de validez al dorso de los bonos.

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