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Tribuna:TRIBUNA LIBRE
Tribuna
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Abogacía y Parlamento

El Congreso de la Unión Iberoamericana de Colegios y Agrupaciones de Abogados (Uiba), que inicia sus sesiones de trabajo el próximo día 27 en México, tratará en profundidad el tema de la intervención de los colegios y asociaciones de abogados en la elaboración legislativa de las cámaras parlamentarias. Es este un paso más en la práctica para la defensa de la democracia y de los derechos humanos. El mundo latinoamericano recoge la antorcha del congreso de Cannes de la Unión Internacional de Abogados (UIA), en el que estuvo presente España, y traslada a Latinoamérica los fundamentos que aporta la abogacía al desarrollo de la democracia desde un punto de vista jurídico que la práctica parece exigirlo.El hacer de la abogacía nos lleva, ineludiblemente, a una especial vocación a la ley y a todo el proceso de su elaboración. La abogacía actúa en la entraña de la sociedad a través del derecho positivo. Es decir, de la ley promulgada. La abogacía quiere decir siempre derecho vivo. Pero no es conformista, sino crítica. No nos conformamos fácilmente los abogados, ni con los hechos que se nos presentan ni con la ley que se nos da. Sometemos todo, en cuanto sea conveniente o simplemente necesario, a una crítica sin excesivos respetos. Somos, en definitiva, los utópicos de la justicia conforme a aquel mandamiento de Coututre al abogado: «Lucha. Tu deber es luchar por el derecho Pero el día que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia».

El expuesto punto de partida explica el planteamiento de la cuestión desde los congresos de la abogacía. Intentamos, reunidos con compañeros de otros países, buscar y encontrar vías de colaboración que nos permitan efectuar la aportación de nuestra experiencia dentro del proceso de creación de la ley.

Es posible que desde una óptica simple se nos replique con una objeción fácil: ¿Es que acaso no están presentes los abogados, en porcentajes muy apreciables, por cierto, en los Gobiernos y en los Parlamentos?. Y a esa objeción debemos nosotros replicar con lo siguiente:

Cuando en una lista ministerial aparece repetidamente la profesión de abogado, sería útil clarificar si estamos hablando de licenciados en derecho o de abogados en activo, porque solamente éstos, es el ejercicio habitual de la profesión, son los que recogen las inquietudes del ciudadano ante la justicia y la experiencia de lo que ocurre, en la práctica, en la aplicación de la ley.

Es cierto que se encuentran en los Parlamentos de Occidente numerosos abogados, aunque no es menos cierto el fenómeno de la huida de los abogados de las actividades parlamentarias cada vez más absorbentes y que les resultan de muy difícil compatibilidad con el ejercicio. profesional. Pero, en cualquier caso, los que, con sacrificio notorio de sus intereses personales, permanecen en la actividad parlamentaria, se deben a la disciplina de partido libremente aceptada. Esta disciplina reduce el margen de independencia, independencia de partido que ostentan, en cambio, los órganos representativos de la abogacía y que en España se ha reconocido al llamarles para formar parte de las juntas electorales.

El servicio de la abogacía para la mejor elaboración de los proyectos de ley se presta generalmente mediante informe de anteproyectos preparados por los técnicos estatales que el Gobierno envía a los organismos superiores de la abogacía antes de remitirlos al Parlamento. En otros países, son las comisiones parlamentarias quienes invitan a los representantes de la abogacía a trabajar juntos en el examen de los proyectos de ley. Alemania Occidental, Austria, Bélgica, Gran Bretaña, Israel, Canadá, utilizan canales diversos para el aprovechamiento de la experiencia de los abogados y, en Latinoamérica, esa participación viene definida de diferentes maneras: «mejoramiento de la legislación» (Perú), «redacción de anteproyectos de legislación» (provincia de Tucumán, en Argentina), o especial relieve de la influencia de la Orden de los Abogados, en Brasil, para la codificación y profundas reformas de muy vario contenido legislativo.

Si el tema hubiese sido tratado en el Congreso de la Unión Iberoamericana de Colegios y Agrupaciones de Abogados de Caracas, celebrado en febrero de 1979, la posición de la abogacía española y, en definitiva, la imagen de nuestro régimen democrático habría sido poco ejemplar para nuestros compañeros de Latinoamérica, porque es lo cierto que como reacción errónea aunque fácilmente explicable a la anterior democracia orgánica, tanto el Ejecutivo como el Legislativo se olvidaron de la existencia del Consejo General de la Abogacía en el proceso de elaboración legislativa y vimos, con tristeza por nuestra parte, cómo se enviaron a las Cortes proyectos de ley tales como el del Código Penal, el de la ley orgánica del Poder Judicial y el de algunas reformas procesales, sin tener ocasión de hablar en temas donde evidentemente teníamos mucho que decir. Desde hace unos meses, afortunadamente, se sigue ya el ejemplo de las democracias más consolidadas, en las que se reconoce que al lado de la técnica de los expertos estatales es bueno recoger también la experiencia de la abogacía, que vive más de cerca y más en contacto con la conciencia popular las consecuencias reales de la aplicación de la norma. Ello nos permitirá explicar a nuestros compañeros latinoamericanos que el Consejo General de la Abogacía viene recibiendo ya, ahora, proyectos de ley relacionados con nuestra actividad, y que nosotros estamos informando con lealtad y con entusiasmo porque creemos que esta es, en definitiva, una de las más positivas aportaciones que debemos a la sociedad española.

Antonio Pedrol Rius es presidente de la Unión Iberoamericana de Agrupaciones de Abogados (UIBA).

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