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Rumasa intenta el embargo judicial del Banco de Descuento

Una comisión de embargo del Juzgado de Primera Instancia número 12, de los de Madrid, se presentó ayer a la una de la tarde en las oficinas centrales del Banco de Descuento con el propósito de llevar a cabo las diligencias previas al embargo de bienes por valor aproximado de 120 millones de pesetas. A esa hora no se hallaba en el banco ninguna persona con poder suficiente para atender esta demanda judicial de embargo por lo que la comisión del juzgado aplazó su intervención hasta mañana miércoles a las diez de la mañana, por ser hoy día inhábil debido a la onomástica del rey Juan Carlos.

El motivo del intento de embargo al Banco de Descuento se centra, al parecer, en el juicio ejecutivo iniciado por el Banco de Jerez, del grupo Rumasa, por una letra contra Castellana, 13, filial del Banco de Descuento, y las diligencias preparatorias contra el propio Banco de Descuento por ejecución de dos avales.Este primer acto de embargo está relacionado con dos letras de 66,4 millones de pesetas cada una de las diez que circulan por un valor total de 664. 100.000 pesetas, último plazo que el Banco de Descuento debía pagar y no pagó al grupo Rumasa por la recompra del 27,97% de las acciones de aquel banco que el holding de Ruiz Mateos había comprado previamente en 1975.

Según fuentes del Banco de Descuento, consultadas a última hora de ayer, «no hay por el momento comunicación oficial alguna sobre el supuesto embargo que iba a realizar ayer el juzgado». El próximo miércoles, a las diez de la mañana, cuando la comisión de embargo, se presente de nuevo en el banco, los rectores del mismo ejercerán -según han confirmado a EL PAIS fuentes solventes- la llamada «consignación y oposición al embargo». Los directivos del Banco de Descuento opinan que no pueden embargar, en esta ocasión, por las mismas razones que no pudieron hacerlo recientemente cuando la ejecución procedía de las letras del Banco Peninsular (también del grupo Rumasa). La ejecución fue entonces desestimada por el juzgado por considerar nulo el contrato del que procedía la obligación de pagar. El contrato de compra del 27,9% de las acciones del Banco de Descuento por Rumasa es considerado por los directivos del primero como nulo, ya que está expresamente prohibida, por la legislación de Monreal de 1,973, la compra-venta de bancos nuevos durante un período determinado de dos años, ampliado más tarde a cinco años.

En esta ocasión, la comisión de embargo se ha presentado contra el banco (y no contra Castellana, 13) por dos afianzamiento que éste hizo para dos letras de su filial. Entre las razones que se aducirán para oponerse al embargo destacan las siguientes:

En primer lugar, el documento de los afianzamientos está separado de las letras de cambio y, por ello, no tiene poder ejecutivo. En segundo lugar, la persona que firmó el aval por parte del banco no tiene poderes para ello y no constan ni su nombre ni tales facultades en el Registro Mercantil. Por último, es ¡legal avalar operaciones cuya cuantía supere el valor del capital social y, en este caso, el aval superaba con mucho el capital del descuento.

El aval citado fue además cancelado hace algún tiempo después de que Castellana, 13, comunicara, en abril de 1979 a Rumasa su intención de invocar la cláusula de recompra que figuraba en el contrato. Por ello, Castellana, 13, comunicó al Banco de Descuento que dejaba sin efecto el aval. El banco comunicó en su día al banco de España -que se dio por enterado- la nulidad de! aval y lo sacó de su balance.

La intención de los rectores del Banco de Descuento es recuperar el dinero que han pagado hasta ahora por la recompra del paquete (2.707 millones de pesetas), deduciendo de esta cantidad 680 millones de pesetas que dejan a Rumasa a cambio de las acciones, valoradas a los precios actuales de bolsa, y sumando 2.700 millones de pesetas más en concepto de los intereses que a precios de mercado habría producido esa cantidad. En total, por tanto, la reclamación, del Banco de Descuento contra Rumasa asciende a 4.400 millones de pesetas más el 27,9% de las acciones recuperadas. Este proceso judicial sin precedentes promete, por tanto, ser largo y muy interesante (véase EL PAIS de 20-6-1980).

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