Precisiones sobre el divorcio
Le dirijo estas líneas, que ruego publique en su diario, para clarificar mi postura en torno a la polémica ley de Divorcio Cavero, corrigiendo la información publicada en su periódico el día 24.En ningún momento he dicho que «con el divorcio puede legalizarse el terrorismo o la violación». Textualmente, mi enmienda de totalidad dice: «( ... ) la realidad sociológica no justifica la legalización de situaciones de hecho contrarias a derecho. Con la admisión de este criterio se llegaría a legalizar las infracciones de tráfico, los atracos, las violaciones, la utilización de la droga y la violencia terrorista en función de sus índices de frecuencia estadística». Es decir, niego el positivismo jurídico.
Al final de su información me atribuyen la frase siguiente: «La indisolubilidad del vinculo matrimonial es la base necesaria sobre la que descansa la moralidad del hogar doméstico». Como decía en el artículo publicado en Abc a que hacen referencia, y en aras de la justicia, quien defendía esa tesis era el jurista laico Montero Ríos, que al exponer los motivos de la ley de 18 de julio de 1870 llegó incluso a señalar, con su artículo 1º, que «el matrimonio es, por su naturaleza, perpetuo e indisoluble». Y es que, sencillamente, creía en el matrimonio como institución social según la concepción del derecho natural.
Por mi parte, aunque pienso que el divorcio es un mal irreversible, por lo menos exigiría que hubiese libertad para quienes deseasen contraer matrimonio -religiosa ¡o civilmente! - de por vida... Lo contrario sería una nueva confesionalidad autoritaria, ahora de
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