Fallo definitivo del Supremo sobre el cierre de "Arriba"
La Sala Especial de Revisión del Tribunal Supremo ha rechazado el recurso extraordinario interpuesto por los representantes de los trabajadores de los Medios de Comunicación Social del Estado, contra la sentencia dictada el 14 de agosto pasado por la Sala Tercera del alto tribunal en torno a la legalidad del cierre del diario Arriba y de otros periódicos de la antigua cadena del Movimiento. La Sala de Revisión del Tribunal Supremo ha condenado a los recurrentes a la pérdida del depósito constituido y al pago de las costas procesales.La sentencia dictada desestima todos los motivos alegados por los recurrentes y afirma que no existe contradicción en la sentencia dictada en su día por la Sala Tercera del Tribunal Supremo; que no es aplicable al caso la ley de Protección Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales de la Persona, pues el cierre de Arriba y de los otros periódicos de la ex cadena del Movimiento no afecta al derecho a la libertad de expresión, y que la sentencia recurrida resolvió todas las pretensiones de las partes en litigio, sin omitir el debido pronunciamiento.
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