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Promulgado el nuevo procedimiento de separación matrimonial

El Boletín Oficial del Estado publicó ayer el decreto sobre nuevo procedimiento de separación matrimonial. De acuerdo con el mismo, los procesos de separación conyugal, cualquiera que sea la forma de celebración del matrimonio, se sustanciarán y decidirán por los jueces de primera instancia, con arreglo a las normas establecidas en la ley de Enjuiciamiento Civil para los incidentes, con la salvedad de que el período común para la proposición de prueba será de treinta días.Este decreto se aplicará a los procesos iniciados a partir de la vigencia del acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede en materia jurídica. La medida ha sido adoptada porque ese acuerdo faculta a las partes para acudir a los tribunales eclesiásticos solicitando la nulidad o decisión pontificia sobre matrimonio rato o no consumado, pero no prevé los supuestos de demanda de separación.

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