Libertad de expresión de los policías
Promotores de la Unión Sindical de Policías (USP)La Constitución, en el artículo veinte, reconoce y protege el derecho a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
Con ocasión de que un comisario del Cuerpo Superior de Policía dirigiese una carta de felicitación al director del periódico EL PAÍS (28 septiembre) por el editorial El pesimismo de un general, de 25 de septiembre pasado, el director de la Seguridad del Estado ha incoado un expediente disciplinario para depurar las posibles responsabilidades.
A nadie se le debe escapar la gravedad de esta decisión, de todo punto anticonstitucional y de claro matiz represivo, que pretende, además de tomar medidas contra un comisario liberal, meter miedo a los funcionarios del Cuerpo Superior que podrían emular la toma de postura valiente por la democracia en nuestro país.
Con frecuencia y machaconamente, por los distintos titulares de la Dirección General de Seguridad, ahora Dirección de la Seguridad del Estado, se han dictado circulares prohibiendo a los funcionarios policiales, cualquiera que sea su categoría, cargo o destino, hacer declaraciones escritas o verbales a los medios de comunicación. Con el fin de ejercer el control y supervisión sobre las producciones periodísticas, literarias y técnicas de los funcionarios se creó la Oficina de Prensa, a nivel nacional, y los gabinetes de prensa regionales.
Si bien esta intervención abusiva en la libertad de expresión podría tener algún tipo de explicación en una. dictadura, ya que la represión de todo tipo de libertades es consustancial a la misma, nunca podrá ser justificada en una demogracia.
Para el único fin que pueden subsistir las oficinas de prensa es para canalizar las notas oficiales sobre servicios policiales, pero nunca para fiscalizar el pensamiento expresado por los policías.
La existencia de estas oficinas evidencia que continúan al frente de los organismos de seguridad alguilos de «los de siempre» y que la democracia, gracias a ellos, ha pasado de largo ante la policía y que harán todo lo posible para que no penetre ni en los órganos ni en las personas que prestan sus servicios en la Dirección de la Seguridad del Estado.
Que se continúe con disposiciones claramente anticonstitucionales para reprimir los derechos de los policías en cuanto ciudadanos no tiene explicación.
Ya antes de que se aprobara la Constitución, el derecho a la libertad de expresión les fue reconocido a los militares por una disposición del Ministerio de Defensa de 24 de enero de 1978. Esta disposición les permitía escribir en la prensa sin necesidad de autorización previa, salvo cuando trataren temas que pusieran en peligro la seguridad nacional o emplearen datos únicamente conocidos en razón de su destino o empleo.
Este derecho ha sido recogido en el artículo 178 de las Reales Ordenanzas aprobadas el 28 de diciembre de 1978. Se evidencia que en las Fuerzas Armadas se ha sido consecuente con la nueva situación democrática y con la Constitución.
Es una aberración jurídica y política el continuar con la existencia de estas limitaciones anticonstitucionales para los funcionarios de policía y que no se paralice de inmediato, por quien corresponda, la injusticia que se comete en la persona de un comisario que ha tenido la valentía de ejercitar un derecho.
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