Orden de vedas para la temporada 1979-80
La orden de vedas para la temporada de caza 1979-1980 ha sufrido diversas modificaciones. Las más importantes se refieren al ámbito nacional y hacen referencia a la prohibición de cazar el urogallo en los terrenos libres, y el ciervo, gamo, rebeco, corzo, cabra montés y mufión, en sus dos primeros años. Las demás modificaciones tienen ámbito provincial.Las épocas de caza para las distintas especies serán las siguientes:
Caza menor en general. Desde el segundo domingo de octubre al primero de febrero.
Ciervo, gamo y jabalí. Desde el segundo domingo de octubre al tercero de febrero.
Rebeco y corzo. Desde el segundo domingo de septiembre al primero de noviembre.
Cabra montés y muflón. Desde el segundo domingo de septiembre al primero de diciembre.
Urogallo. En el Cantábrico, desde el último domingo de abril hasta el primero de junio, y, en el Pirineo, desde el segundo domingo de mayo hasta el tercero de junio. Queda prohibida su caza en los terrenos de aprovechamiento común y en los sometidos a régimen cinegético especial o en aquellas zonas de los mismos donde su población no haya alcanzado aún la densidad adecuada.
Avutarda. Desde el último domingo de febrero al ptimero de abril.
Becada. Desde el segundo domingo de octubre al primero de febrero. En Oviedo, Santander, Vizcaya, Guipúzcoa y Alava, hasta el primer domingo de marzo. En este período de prórroga se excluye a Ñavarra.
Aves acuáticas. Desde el segundo domingo de octubre al primero de marzo. Se autoriza desde dos horas antes de la salida del sol hasta dos horas después de su puesta. Se permite cazar desde puestos fijos, con o sin reclamos, y desde embarcaciones a remo o vela. Desde el cierre del período hábil de caza menor, sólo podrán cazarse en lagunas, embalses, albuferas, terrenos pantanosos y zonas marítimo-terrestres. En Toledo, Guadalajara, Sevilla y Cáceres podrán cazarse desde el segundo domingo de septiembre; en Ciudad Real, Cuenca, Castellón, Alicante y Huelva, desde el tercero, y en Valencia, desde el cuarto, en lugar del tercero como era costumbre. La caza en estas provincias sólo podrá realizarse en los mismos lugares señalados anteriormente.
Perdiz con reclamo. Aún sin determinar.
Codorniz, paloma torcaz y tórtola. El mismo período establecido con carácter general para la caza menor más el período de media veda, que estará comprendido entre el 12 de agosto y el 23 de septiembre. No obstante, estas fechas limite podrán aumentarse o reducirse en ocho días según las provincias.
Estornino, tordo y zorzal. El mismo período que para la caza menor en general más prórrogas según provincias.
Palomas migratorias en pasos tradicionales. Desde el último domingo de septiembre al último de noviembre, sin limitación de días hábiles. En Santander, Vizcaya, Guipúzcoa, Navarra, Huesca, Zaragoza y Soria, también desde el primer domingo de febrero hasta el último de marzo. Los puestos serán fijos y emplazados en las cumbres o zonas altas de sus laderas.
Mamíferos predadores. Desde el segundo domingo de octubre hasta el primero de febrero, y hasta el tercero para el lobo.
Canarias. En Las Palmas, desde el cuarto domingo de agosto al segundo de diciembre, y en la isla de Gran Canaria, desde el primer domingo de agosto, todas las especies menos la perdiz. En Tenerife, desde el primer domingo de agosto hasta el segundo de noviembre, y en las restantes islas, hasta el primero de diciembre.
Baleares. En Mallorca y Menorca, desde el cuarto domingo de septiembre al cuarto de enero,y el conejo, desde el 15 de agosto. En Ibiza y Formentera, desde el primer domingo de septiembre al primero de enero. La época de caza de acuáticas irá desde el cuarto domingo de septiembre al tercero de febrero, para Mallorca, y desde el segundo domingo de septiembre al cuarto de enero, para Menorca. La media veda irá del 15 de agosto al cuarto domingo de septiembre. Queda prohibida en todas las provincias la caza de la liebre.
Además de esto, se han suprimido, añadido o modificado diferentes limitaciones o excepciones cinegéticas en Alicante, Almería, Avila, Badajoz, Baleares, Barcelona, Burgos, Cáceres, Cádiz, Cuenca, Granada, Guadalajara, Jaén, La Coruña, Las Palmas, León, Logroño, Lugo, Málaga, Navarra, Orense, Oviedo, Pontevedra, Tenerife, Santander, Segovia, Tarragona, Teruel, Valencia, Valladolid, Zamora y Zaragoza.
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