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Dos proyectos sobre la regulación del divorcio

Seis grupos feministas, integrados en la Plataforma de Organizaciones Feministas, han elaborado las líneas generales que considerarían necesarias en la futura ley de divorcio. El texto está apoyado por todas las filiales del Estado de la Asociación de Mujeres Separadas, Unión para la Liberación de la Mujer y Asociación Democrática de la Mujer. También apoyan esta propuesta la Federación de Amas de Casa de Madrid, el Movimiento Democrático de Mujeres y el Colectivo Feminista de esta provincia. Los grupos citados plantean el divorcio partiendo «de la base de la desigualdad intrínseca de las situaciones del hombre y la mujer en el seno del matrimonio y, por tanto, de la inferioridad de condiciones en que la mujer debe hacer frente a la separación».Las seis organizaciones de la Plataforma respaldan dos formas de divorcio: por consentimiento mutuo y enjuicio contradictorio. Para decretar el divorcio propugnan la creación de un Tribunal de la Familia, constituido por tribunales ordinarios de Primera Instancia y el juez titular de cada uno de ellos, asistido por el siguiente equipo: un psicólogo, tres asistentes sociales y un pedagogo.

En el caso del divorcio por consentimiento mutuo, el proyecto estipula el transcurso de tres meses, después de los cuales los cónyuges deberán ratificar su decisión. No se acordará este tipo de divorcio si no hubiera transcurrido un año desde la celebración del matrimonio. Los cónyuges deberán tener acordada la disolución de la sociedad de bienes, atribución de domicilio, convivencia y comunicación de los hijos, y cumplimiento del deber de alimentos, aunque el Tribunal de la Familia podrá modificar dichos acuerdos, «bajo el criterio de la debida protección a la prole y el principio de la equidad».

En la sentencia de divorcio en juicio contradictorio no se hará declaración de culpabilidad. La acción del divorcio se podrá ejercer si los cónyuges están previamente separados por sentencia firme, por el transcurso de un año de separación de hecho o por imposibilidad de convivir.

Se establece la subsidiariedad del Estado en el caso de que el cónyuge obligado a pagar no tenga rentas suficientes y se dice que «la obligación del cónyuge que haya de prestar los alimentos no cesará a su muerte», sino que se devengará una parte del caudal hereditario.

También la Coordinadora Estatal de Organizaciones Feministas presentó el martes un texto sobre el divorcio, apoyado por la mayoría de los grupos que la integran. En él se establece que no haya que presentar causas para acceder al divorcio, sino que baste la decisión de uno o de ambos cónyuges; que las divorciadas reciban un subsidio del Estado durante un período de capacitación profesional, salvo aquéllas cuyos maridos posean importantes recursos económicos; que se permita a las mujeres divorciadas ocupar un puesto de trabajo y que se defienda el derecho de las madres a seguir conviviendo con sus hijos hasta los diez años, edad en que éstos deberán decidir con cuál de los padres desean convivir.

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