Ejemplo
Supongamos un particular, economista de profesión, que trabaja en una empresa como empleado, habiendo percibido por todos los conceptos, en el año 1978, la cantidad de 1.625.000 pesetas. El pagador de la empresa le certifica haberle retenido 27.500 pesetas en concepto de impuesto extraordinario. El contribuyente está casado y tiene dos hijos menores, el segundo de los cuales nació el 30 de septiembre de 1978; ostenta la consideración de cabeza de familia.Además de su trabajo dependiente en la empresa, el contribuyente ejerce libremente su profesión, habiendo devengado por este concepto 1.500.000 pesetas durante 1978. En ese período satisfizo a una secretaria que atiende el despacho 280.000 pesetas de sueldo, soportando unas cargas sociales a su cargo de 150.000 pesetas. En concepto de alquiler por el despacho paga 15.000 pesetas mensuales. La amortización del mobiliario e instalaciones asciende a 40.000 pesetas anuales, y en concepto de primas de seguro correspondientes a la actividad abona 25.000 pesetas anuales. En gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención fuera del lugar de su residencia habitual gastó 100.000 pesetas. Por último. los recibos de la luz, agua, teléfono y material de oficina consumido ascendieron a 85.000 pesetas anuales.
El contribuyente preparó durante ese año dos artículos para revistas especializadas, por los que percibió 30.000 pesetas.
Su mujer es funcionaria y percibió en 1978. 450.000 pesetas por todos los conceptos.
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