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Nueva reglamentación nacional

El nuevo Reglamento Nacional del Taxi. que apareció publicado en el Boletín Oficial del Estado del viernes y entró ayer en vigor en toda España, recoge en síntesis las siguientes normas y disposiciones:Los servicios a que se refiere este reglamento podrán establecerse bajo las siguientes modalidades: clase a, «autotaxis»; clase b, «autoturismos», y clase c, «especiales o de abono», No se podrán crear ni conceder licencias de clase b cuando existan en la misma población licencias de clase a.

Licencias. La entidad local será la que resuelva la concesión de licencias de autotaxis, y podrán solicitarlas los conductores asalariados de los titulares de licencias de clase a y b que presten el servicio con plena y exclusiva dedicación; los titulares de la clase b de la corporación local adjudicadora de las licencias a y b, siempre que sean poseedores de una sola de las de autoturismo y se anule ésta cuando obtengan otra; y las personas naturales o jurídicas que las obtengan mediante concurso libre.

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Las licencias de autoturismo podrán solicitarlas los conductores asalariados de la clase b que tengan dedicación plena, y las personas naturales o jurídicas que las obtengan por concurso libre.

Las licencias son intransmisibles, salvo en los siguilentes casos: fallecimiento del titular, a favor de conyuge viudo o herederos legítimos; cuando estos últimos no puedan explotar las licencias como actividad única o exclusiva; cuando se imposibilite para el ejercicio profesional al titular de la licencia, por enfermedad, accidente o retirada definitiva del carnet; cuando la licencia tenga una antigüedad de cinco años, el titular podrá transmitirla al conductor asalariado con permiso de conducir y ejercicio en la profesión durante un año.

Las licencias cuya titularidad corresponda a personas jurídicas, sólo serán transmitibles cuando, teniendo una antigüedad de cinco años, se enajene la totalidad de los títulos.

No será exigible la exclusiva y plena dedicación y la incompatibilidad profesional cuando la licencia se haya adjudicado para la prestación del servicio en municipios de menos de 5.000 habitantes.

Tarifas. Las tarifas de aplicación serán visibles para el usuario desde el interior del vehículo. Los autotaxis deberán ir provistos de una aparato taxímetro debidamente comprobado y precintado, situado en la parte delantera.

El vehículo autotaxi está obligado a concurrir diariamente a las paradas para la prestación de los servicios, combinando el horario para que aquéllas se encuentren atendidas permanentemente.

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