Propuesta española a la OIT para control de las multinacionales
El Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en su informe al Comité de Administración, máxima instancia colegiada del organismo, comunica que decidió aplazar, entre otros, los casos 874 y 915 de España. Ambos casos corresponden a quejas presentadas por la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres (CIOSL), a petición de UGT, y se refieren «al no cumplimiento de por parte del Gobierno español» de los convenios 87 y 98 sobre libertad sindical y la no devolución del patrimonio de las centrales sindicales españolas.
Por otra parte, figuran entre los temas más conflictivos que deberá debatir el consejo de administración (lo integran veintinueve delegados gubernamentales, incluida España, catorce delgados trabajadores y catorce empleadores) el de las empresas multinacionales que han sido denunciadas por violar sistemáticamente los derechos de los trabajadores.La particularidad del caso radica en la impotencia en que se hallan las autoridades de muchos Estados, frente al poder de estas compañías mercantiles que operan simultáneamente en varios países, con volúmenes de negocios que, en ocasiones, superan a los presupuestos de los Estados.
Propuesta española de contro de multinacionales
En el último consejo de administración, celebrado durante el mes de noviembre de 1978, el embajador de España, Manuel Jiménez de Parga, presentó un programa de actuación que fue aceptado por la OIT y que será prioritario en los debates del plenario del consejo de administración.Si la propuesta española sale adelante se creará un comité tripartito (de empresarios, trabajadores y Gobiernos), bajo mecanismos similares a los que rigen al Comité de Libertad Sindical. Este comité de multinacionales contará con quince miembros (cinco trabajadores, cinco empleadores y cinco representantes de Gobiernos).
Acusaciones sobre falta de libertad sindical en la URSS
Pero quizá tanto o más conflictivo que el caso anterior resultará el debate en el pleno del consejo, de las quejas presentadas por la Confederación Mundial de Trabajadores (CMT) y por la CIOSL en contra del Gobierno de la Unión Soviética, que en términos generales apuntan a la falta de libertad sindical en ese país.La CMT, en su queja, declara haber tenido conocimiento, en enero de 1978, de la creación en la URSS de un sindicato para la defensa de los trabajadores, «dando así respuesta a la necesidad de contar con un instrumento que pertenezca a los propios trabajadores, independiente del partido y del Estado, y con miras a ejercer el derecho inalienable de libre asociación». Las autoridades soviéticas -añade la CMT- no tardaron en reaccionar y los trabajadores que habían creado este sindicato fueron detenidos. En particular, VIadimir Klebanov fue detenido la noche del 7 de febrero de 1978 por agentes de policía en una estación de Metro de Moscú. El mismo día -se añade en la denuncia- Valentín Poplavsky fue detenido en su domicilio, y Bárbara Kutcherenko internada en un hospital psiquiátrico.
Por otra parte, la CIOSL protesta en su comunicado contra la represión ejercida con respecto a los miembros fundadores de la Asociación del Sindicato Libre de Trabajadores en la Unión Soviética. Declara que el 20 de mayo de 1977 ocho trabajadores, cuyos nombres cita, firmaron una carta abierta explicando que habían sido privados de trabajo, detenidos o internados en hospitales psiquiátricos por haber denunciado abusos o haber criticado a los dirigentes de las empresas en las que trabajaban.
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