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Cartas al director
Opinión de un lector sobre una información publicada por el diario o un hecho noticioso. Dirigidas al director del diario y seleccionadas y editadas por el equipo de opinión

Uno que no votará

En un Instante lo aclaro; no es un desafío ni una postura radical. Me sobran razones para estar ausente en las votaciones de marzo y abril.Se dice, se escribe, que no esta mos preparados para estos líos, que tanto votar y revotar nos va a resultar indigesto, que lo vamos a tomar a cachondeo y las urnas van a quedar holgadas de espacio pa peletero. Es posible que no estemos «aún» preparados. pero lo que sí es seguro es que tampoco lo está la Administración, y tiene motivos sobrados para estarlo. Es su obligaón, y por ello no se comprenden las precipitaciones e incongruencias que se dan al disponer el desarrollo y mecánica electoral. Será por lo del título, que desde arriba no se ve. Y digo que no se ve, porque se dispone sin coordinación.

Para los próximos comicios, aparte del follón legislativo de que se aprovechan retazos de anteriores leyes o decretos, siempre con el añadido de «excepto los artículos tal y tal, y párrafos tal y cual, que quedarán redactados como sigue ... », con lo que nunca tenemos a mano un ordenamiento sencillo y actual, apairte de esto, y para explicar mi falta en los votos, que no es política ni partidista, me baso en que si bienla orden de la Presidencia del Gobierno de 22 de diciembre último, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 1 de enero, se dictan nomas para rectificación de los censos electorales y, al amparo de las que puede solicitarse inclusión por aquellos que no lo estuvieran, aparecen después normas aclaratorias a nivel provincial en las que, entre otras cosas, se dice que «los electores que en 1978 hayan carribiado de residencia o hayan ganado vecindad en otro municipio, deben votar por correo, en la misma sección del municipio donde lo hicieran en el último referéndum».

¿Puede concebirse una arbitranedad más desafortunada? ¿Cómo es posible tan peregrina idea de un voto para otro pueblo y para otra provincia diferente en la que uno ya esté residenciado, llevando, como es mi caso, ocho meses de domicillo en éste?

Si la ley me reconoce, en el peor de los casos, ser vecino pasados seis meses. Si las normas son de carácter excepcional para una rectificación también excepcional. Lo excepcional sería admitir vecindad ,y derecho al voto en plazo inferior. El lío, señores; y más lío cuando en el mismo diario oficial, y a seguido, se dictan normas para la rectificación normal dentro de fechas que en las localidades mayores no pasan del 21 de febrero.

«Yo no votaré en las próximas elecciones» porque nada tengo ya que ver y nada me une a la provincia de Jaén y, más concretamente al pueblo de donde vine a esta de Toledo. Quiero a Jaen, quiero a mi pueblo de Vilches pero no puedo ni debo sumar mi voto a los representantes de esa provincia, y mucho menos a concejales del pueblo. De no poder hacerlo aquí, que es donde vivo y trabajo, estimo que no debo hacerlo en Jaén. votando por correo.

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