Cambios en la veda de la trucha
El régimen legal de pesca de la trucha será variado la próxima temporada. La veda se abrirá el tercer domingo de marzo y se iniciará el 1 de septiembre. Se mantiene el número, de veinte piezas por pescador, con un tamaño mínimo de diecinueve centímetros. Este es el acuerdo más importante adoptado desde que comenzaron las conversaciones entre el ICONA y la Federación Española de Pesca.
Esta nueva ordenación supone la desaparición de la pesca de truchas en agua montaña, cuyo régimen alargaba la temporada durante todo el verano. Con la unificación de la veda se evitan así las discrepancias que desde 1974 se venían produciendo en distintas provincias al existir desde entonces una mayor afluencia de pescadores en determinados ríos, por lo que se producía un serio perjuicio a éstos por una mayor presión pesquera.De acuerdo con esto el período hábil para la pesca de la trucha abarcará, desde el próximo año, del tercer domingo de marzo al 31 de agosto, incluidas ambas fechas, con carácter general. Ningún pescador podrá capturar más de veinte ejemplares por día, que deberán tener un tamaño mínimo de diecinueve centímetros; de manera excepcional podrán reducirse tanto el número de piezas como el tamaño de las mismas cuando las condiciones hidrobiológicas de determinadas masas de agua lo aconsejen.
En las aguas declaradas oficialmente habitadas por truchas no se permitirá la pesca de ninguna otra especie durante el período de veda del mencionado salmónido. En embalses, lagos y lagunas cuyas características hagan suponer que la renta piscícola no se aprovecha en su totalidad, e igualmente en los cotos de pesca intensiva, se podrá autorizar la pesca de la trucha durante todo el año.
Por último, durante el período comprendido entre el tercer doimingo de marzo y el 31 de agosto, se prohíbe el comercio y consumo de la trucha en establecimientos públicos, a excepción de las piezas procedentes de piscifactorías privadas, siempre que pueda acreditarse su procedencia. Por lo general, las truchas que se exhiben en pescaderías y restaurantes son de la especie arco iris, procedentes en casi su totalidad de piscifactorías. La trucha común, que se caracteriza por las pintas rojas, no cría en medios artificiales y, por tanto, todo el comercio que pueda resultar de ella resulta ¡legal en época de veda.
Más terreno para los cotos sociales de caza
Los cotos sociales de caza van a poder ser ampliados gracias al dictamen de la Comisión de Agricultura, a la vista del proyecto de ley del Congreso de los Diputados. Desde ahora podrán verse aumentados por determinados terrenos que especifica la ley.
El texto es el siguiente: «Cuando en un coto social existan terrenos enclavados no sometidos a régimen cinegético especial, cuya superficie total no exceda del 35% del coto establecido, el Ministerio de Agricultura podrá acordar que dichos terrenos enclavados formen parte del coto social con iguales derechos y obligaciones que los integrados en el mismo. Si los terrenos afectados pertenecieran a los municipios y las provincias será necesario el informe previo de las entidades própietarias.»
Los cotos sociales fueron establecidos en 1970 con la misión de facilitar el ejercicio de la caza a todos los españoles en régimen de igualdad de oportunidades. En la actualidad hay 44, con una extensión de po co más de 700.000 hectáreas, que resultan insuficientes para atender la actual demanda.
Por la dificultad de contratación de los terrenos necesarios para el establecimiento de cotos sociales se elaboró el citado dictamen. Estos cotos se establecen siempre en zonas de propiedad muy repartidas en las que no es posible la declaración de cotos privados individuales. En consecuencia, es necesario tratar con representantes de la propiedad, que suelen ser el propio Ayuntamiento, las hermandades sindicales o comisiones constituidas exprofeso. En general, es posible contar con la mayoría de la propiedad, pero es muy difícil tener la conforalidad de todos y cada uno de los propietarios.
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