El nuevo calendario laboral suprime la festividad de San José

La nueva regulación del calendario laboral para 1979, publicado en el Boletín Oficial del Estado de ayer, mantiene las fiestas de Jueves y Viernes Santo, y entre las que su prime figura la festividad de San José, el 19 de marzo. El calendario laboral para 1979 contará con los siguientes días festivos: todos los domingos del año; Año Nuevo (1 de enero); los Santos Reyes (6 de enero); Jueves Santo (12 de abril); Viernes Santo (13 de abril); Fiesta del Trabajo (1 de mayo); Corpus Christi (14 de junio); Santiago Apóstol (25 de julio); la Asunción (15 de agosto); Fiesta de la Hispanidad (12 de octubre); Todos los Santos(1 de noviembre); Inmaculada Concepción (8 de diciembre) y Navidad (25 de diciembre).
Igualmente, se declaran inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables, hasta dos días con carácter de fiestas locales, que se establecerán por orden del Ministerio de Trabajo, pudiendo ser comunes o no en los diversos términos municipales de cada provincia.
Asimismo, las fiestas de carácter nacional no pueden exceder legalmente del número de doce.


























































