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Tribuna:TRIBUNA LIBRE
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Las luces y las sombras de la Constitución

Secretario general de Alianza Popular

Para un hombre que ha llegado a la vida política pasando previamente por la dedicación profesional al Derecho político o constitucional, es ciertamente una experiencia importante el que, una vez en su vida, pase la oportunidad de intervenir en la redacción efectiva de un texto constitucional, y no solamente como asesor o experto, sino con la plena responsabilidad de quien habla en nombre de una fuerza política o corriente de opinión.

La Constitución española de 1978 está a punto de terminar su última fase parlamentaria, habiendo el Senado, en las fases de Ponencia y de Comisión, introducido bastantes enmiendas técnicas y estadísticas que en general mejoraron el texto, pero sin variar sustancialmente las grandes decisiones del Congreso.

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Es indudable que la Constitución tiene aspectos positivos. El primero, es el ánimo de compromiso que ha inspirado a todas las fuerzas políticas en su preparación. Ese compromiso prevaleció en los trabajos de la Ponencia, pero fue roto por la inesperada e injustificada retirada del ponente socialista. Conviene recordar esto, cuando ahora se habla de quiénes aceptan y quiénes rechazan el llamado «consenso». El compromiso era real, y la solución de las cuestiones en las que no se alcanzaba, la única lógica: voto por mayoría, de acuerdo con los programas de cada uno, y después de oír los argumentos de cada uno. El consenso ha sido otra cosa: concesiones innecesarias, sin luz ni taquígrafos, de carácter partitocrático. De aquí vendrán la mayoría de las sombras del texto final.

La Constitución es, ciertamente, una ley fundamental inspirada en el espíritu de libertad, y éste es indiscutiblemente otro de sus aspectos positivos. No es menos cierto que la prolijidad del título primero le hace a uno concebir algunas dudas; a fuerza de enumerar principios, derechos y libertades cabe prever que la inflación debilite la moneda. La acumulación de libertades personales, de un lado, y derechos sociales, de otro, va a plantear problemas muy difíciles de interconexión. Hay, por otra parte, un procedimiento, de protección y garantía que puede dar lugar a una excesiva litigiosidad.

La Constitución es, por supuesto, democrática, y ésta es igualmente una buena cualidad. La democracia representativa, en las sociedades actuales, sólo puede basarse en el pluralismo de los partidos; pero la experiencia demuestra que sólo funciona bien si se evitan las dos corrupciones del sistema: la partiditis y la partitocracia. Ambos vienen consagrados, desgraciadamente, por el texto constitucional. Al constitucionalizar la representación proporcional (en vez de dejar la cuestión a la ley electoral) se consagra la multiplicidad de los partidos. Al restringir las instituciones de democracia semidirecta (la iniciativa popular y el referéndum) se refuerzan demasiado los cauces partidistas, que van a monopolizar la escena política.

La Constitución, y es también bueno y gusto, se basa en una idea amplia y generosa de justicia social. Nada más acertado y oportuno; esperemos que en su desarrollo no se confunda el dar más a todos con la potenciación de las divisiones y contradicciones, a través de una mal entendida lucha de clases.

La Constitución, en fin, consagra como forma del Estado la Monarquía parlamentaria, sin duda la más adecuada para un país como España, y en línea con las experiencias muy logradas de otros países de Europa.

Al lado de estas luces, el texto constitucional contiene sombras muy profundas y muy oscuras. La más grave, sin duda alguna, es la redacción ambigua del artículo 2.º y el desarrollo del principio en el título VIII, que regula las autonomías. El aceptar el concepto de «nacionalidades » es, indudablemente, una bomba de tiempos para la unidad nacional y la fortaleza del Estado. Nadie puede engañarse al respecto: cada día banderas quemadas, manifestaciones vociferantes, interpretaciones sin tapujos de los nacionalistas vascos o catalanes, nos dan la medida real de lo que serán las concesiones futuras, en base a los textos indicados. Y si España se rompe, sobra todo lo demás.

Otro punto importante es todo lo relativo a la moral pública. Se ha salvado una definición digna de las relaciones de Iglesia y Estado, se ha podido mejorar la redacción del derecho a la vida, impidiendo la constituciónalización del aborto; pero la familia no queda suficientemente garantizada en su estabilidad. Más grave aún es el tema de la educación, la otra fuente de la sociedad futura; con la actual redacción del artículo 25 es indudable el camino hacia la escuela única y laica.

La tercera cuestión importante se refiere al modelo económico-social. Es indudable que este marco es el que hace conocer el verdadero sentido y alcance de las libertades privadas y públicas. A partir de un determinado crecimiento del sector público, el Estado se convierte, de hecho, en el único empresario, el único patrono, el único casero, y así sucesivamente; es decir, que para conseguir un crédito, una casa, un empleo, una ayuda cultural, hay que recurrir a las autoridades. Sobre esto no puede haber engaño.

Pues bien, el modelo de la economía social de mercado, el que más riqueza y más libertad ha producido en todas partes, no queda suficientemente claro en la Constitución. La economía social de mercado se basa en unos cuantos privilegios: derecho a la propiedad y a la herencia; impuestos no confiscatorios: libertad de iniciativa empresarial (lo que incluye la facultad de organizar el empleo, de defender la productividad, y de cesar o suspender el funcionamiento de la empresa por razones económicas o sociales razonables); responsabilidad social de todos, empleados y trabajadores; un sistema lo más completo posible de servicios sociales, que aseguren un mínimo nacional a todos, en cualesquiera circunstancias de edad, empleo, invalidez, etcétera.

Este sistema, radicalmente distinto del liberalismo capitalista del siglo pasado (que no incluta los dos últimos puntos) y de los socialismos, diversos (que, en mayor o menor medida, niegan los tres primeros) está aparentemente reconocido en la Constitución, pero de hecho minado por unas cuantas concesiones claves innecesarias e inadmisibles. Así, al tratar de la propiedad, se reconoce; pero se acepta su expropiación por causas de interés público o social, mediante indemnización. El texto de la ponencia decía, según nuestra ininterrumpida tradición legal «previa justa» indemnización. La diferencia es capital, pues puede permitir un plan ampllo de nacionalizaciones, contra la emisión de unos títulos de la deuda, a largo plazo; lo cual, en los presentes índices de inflación, equivaldría prácticamente a una confiscación.

Lo mismo ocurre con las limitaciones a la iniciativa empresarial, en cuanto a la dirección de la propia empresa; y al artículo que permite una planificación obligatoria para el sector privado. La suma de los tres preceptos permite la socialización efectiva, por vía legal, de toda la economía nacional.

Si se une a esto que los dos grandes partidos marxistas, el Socialista y el Comunista, niegan expresamente el ser socialdemócratas, y mantienen en sus proaramas su carácter revolucionario: y el ambiente general de inseguridad en la situación en la cual se va a promulgar la Constitución, y de indeterminación en las motivaciones y en los fines últimos, de los grupos que han pactado el famoso consenso, se comprende la preocupación de muchos.

Una vez más, la oportunidad de dar un paso significativo y prudente a la vez, en el camino de las reformas, ha sido reemplazado por el maximalismo ideológico, el exceso verbal y la intransigencia. Esta alcanza su punto máximo (después de la retirada, en su día, del ponente socialista) en la actitud, realmente inadmisible, de determinado grupo vasco, que está utilizando todo el repertorio de la presión e incluso de la intimidación para la obtención de sus objetivos.

Hablar, en estas circunstancias, de que sólo una actitud es lícita, parece excesivo. Todos los españoles debemos, por supuesto, acatar lo que se decida por la mayoría, cualesquiera que sean nuestras reservas lo mismo de fondo que de procedimiento, a la vez que mantengamos un decidido propósito de la enmienda, cuando las circunstancias lo permitan. Todos debemos cooperar hasta el final para lograr cualquier mejora, grande o pequeña, del texto. Todos debemos renunciar a actitudes insolidarias, anticiudadanas y menos aún de acción directa violenta.

Pero todos debemos también meditar sobre la responsabilidad en conciencia de nuestro voto, en asunto de tanta trascendencia para España y su futuro.

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