UCD aceptó la supresion del delito de terrorismo
El delito de terrorismo quedó excluido ayer por el Pleno del Senado de aquellos a los que serán aplicables las disposiciones del proyecto de ley sobre medidas en relación con los delitos cometidos por bandas armadas. Los grupos de oposición del Senado se manifestaron en contra de la inclusión de esite delito, por considerarlo incongruente con la propia voluntad del Gobierno de extirpar del Código Penal la alusión al terrorismo, evitando la politización de las, conductas tipificadas y limitando los tipos penales a actuaciones objetivables. UCD aceptó esta supresión, si bien el texto aprobado alude al «carácter terrorista» de las bandas armadas a las que pertenezcan quienes cometan los delitos objeto de la ley.
De los cuatro votos particulares fórmulados al artículo primero del proyecto de ley, en el que la fuerza de los votos de UCD había introducido, en la Comisión de Justicia e Interior del Senado, el delito de terrorismo, el grupo gubernamental aceptó la de los Progresistas y Socialistas Independientes (PSI), que añadía el delito de mutilaciones entre los objetos de la ley, y agregaba un calificativo a los grupos organizados y armados: el de que sean «de carácter terrorista».En cambio, fue rechazado el voto particular de los Senadores Vascos, que exceptuaba de la aplicación de la ley «los delitos culposos y conexos culposos» y ofrecía una definición del grupo organizado o armado como «asociacíón de dos o más personas concertadas para la realización de los expresados hechos delictivos con móviles o procedimientos terroristas y los que, sin estar integrados en la organización, actúen por precio al servicio de la misma o requieran de ésta sus servicios con tal finalidad».
Asimismo, el voto particular del Grupo Socialista, en el que, además de suprimirse la alusión al terrorismo, se pedía la supresión del párrafo que considera aplicable la ley no sólo a quienes cometan los delitos citados, sino también «a los pertenecientes a dichos grupos», fue igualmente rechazado. UCD, que en principio pareció inclinarse .a favor del voto particular de la Entesa dels Catalans -que se limitaba a solicitar la supresión del término terrorismo-, terminó aceptando el del PSI, más correcto técnicamente y debido, según informó el portavoz del grupo, Manuel Villar, al penalista Enrique Gimbernat.
En defensa del texto del dictamen, el senador de UCID, Cecilio Valverde aludió a la actitud favorable al proyecto de ley del Gobierno por parte de los socialistas en el Congreso, a pesar de las enmiendas de que le hicieron objeto después en el Senado. Mostró su irritación ante las críticas que habían suscitado en cierta prensa la introducción del término terrorismo -aludió concretamente a un editorial titulado El terrorismo y el Senado- y terminó reconociendo que su grupo había reflexionado y aceptaba la supresión de la palabra. Justificó la introducción en la legislación vigente, que en breve plazo suprimirá de los textos penales la alusión al terrorismo.
De entre las intervenciones de los portavoces de los grupos contrarios a la tipificación en la ley a debate del delito de terrorismo, destacó la del presidente de la Comisión de Justicia e Interior, el socialista Gregorio Peces-Barba del Brío, quien señaló la conveniencia de que desaparezcan de la legislación todos los tipos de delito sobre terrorismo, que deben quedar sujetos al carácter penal común. Defendió sin éxito la supresión del párrafo que permite la aplicación de la ley a quienes pertenezcan a los grupos organizados o armados objeto del proyecto de ley.
Registros domiciliarios
Otro tema del proyecto de ley en el que los socialistas expresaron su oposición fue en su intento de que fuera suprimido el artículo tercero, en el que se establecen facilidades para el registro domiciliario sin previa autorización judicial. El texto aprobado establece el carácter flagrante de los delitos comprendidos en esta ley y la obligación del ministro del Interior de coraunicar inmediatamente al juez competente el registro efectuado, las causas que lo motivaron y los resultados del mismo.
El senador socialista Joaquín Navarro aseguró que el artículo significaba una vejación para el juez, a quien no se le permite intervenir en los registros domiciliarios. También el senador vasco Juan María Vidarte se opuso al artículo, que extiende desmesuradamente el concepto de flagrancia y suprime la seguridad jurídica.
La votación de este artículo registró ochenta votos en contra de los votos particulares socialista y vasco (UCD y los senadores de designación real Luis Sánchez Agesta, Julián Marías, almirante Gamboa, teniente general Salas Larrazábal y Jaime Carvajal, 62 a favor (socialistas, PSI, Entesa, Senadores Vascos y señor Xirinacs) y seis abstenciones (correspondientes a senadores reales). El texto del dictamen de la comisión fue aprobado por 88 votos a favor (UCD y senadores de designación real), 64 en contra (Socialistas, PSI, Entesa y Vascos) y una abstención (senadora de designación real Gloria Begué).
En la discusión del artículo cuarto, los socialistas, por boca de Francisco García-Borbolla, y los vascos, a través de Juan María Vidarte, se opusieron a que entre las personas para las que el Ministerio del Interior pueda ordenar la observación postal, telegráfica y telefónica, se incluya a las que se estime que racionalmente pueden estar relacionadas con los grupos armados.
Por último, en relación con el artículo quinto, que establece la competencia exclusiva de losjuzgados centrales de Instrucción y de la Audiencia Nacional en los delitos y conductas previstos en la ley a debate, el socialista Joaquín Navarro volvió a insistir en la conveniencia de hacer prevalecer la jurisdicción del juez natural, excepto cuando el delito de que se trate afecte al territorio de dos o más audiencias provinciales. El voto particular socialista fue rechazado.
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