_
_
_
_

Aprobada la despenalización parcial de los anticonceptivos

La Comisión Mixta Congreso-Senado se reunió ayer para unificar criterios en torno a las diferencias surgidas entre ambas Cámaras al aprobar el texto del proyecto de ley que establece la despenalización parcial de los anticonceptivos, es decir, la de aquellos tendentes a evitar la procreación, pero no la de los que, de alguna manera, puedan provocar ó facilitar el aborto.En general, la Comisión Mixta aceptó las modificaciones introducidas en el texto del proyecto de ley por el Senado, referentes a aspectos secundarios del mismo. Las diferenciás surgidas entre el Congreso y el Senado se centraban fundamentalmente en la publicidad de los anticonceptivos y en el papel del Gobierno en la regulación de la venta de los mismos. El Congreso había establecido a este respecto que «el Gobierno, en el plazo de un mes, a partir de la publicación de la presente ley, regulará, mediante decreto, la expedición de anticonceptivos».

Por su parte, el Senado estableció lo siguiente: «La publicidad de los anticonceptivos se ajustará a las normas generales que regulan aquélla y a las específicas que sean de aplicación en la de éstos. Para la correspondiente información, el Gobierno creará los oportunos servicios de orientación y de planificación familiar. »

La decisión de la Comisión Mixta ha sido salomónica, refunidiendo en un solo texto los aprobados,en su día por el Congreso y el Senado. El texto unificado aprobado ayer por la Comisión Mixta deberá todavía ser refrendado por los plenos del Congreso y del Se nado. En el caso, de que una de las citadas Cámaras no aprobara al gunas de las referidas modificacio nes prevalecería la decisión adop tada por el Congreso.

Aceptadas las modificaciones sobre delitos de estupro

Por unanimidad de sus miembros, la Comisión Mixta Congreso-Senado acordó también aceptar las modificaciones que, en relación con el texto aprobado por el Congreso, introdujo el Pleno del Senado en el proyecto de ley sobre modificación de edades en los delitos de estupro y rapto.

La Comisión aceptó las modificaciones propuestas por el Senado a los artículos primero y segundo del citado proyecto de ley.

En consecuencia, además de derogar los artículos 434 al 437 y 440 al 443 y el 447 del Código Penal, se da nueva redacción a los artículos 434 al 436, y al 440 y 443 del mismo Código.

En dichos artículos se dice, entre otras cosas, que la persona que tuviera acceso carnal con otra mayor de doce años, y menor de dieciocho, prevaliéndose de su superioridad , originada por cualquier relación o situación, será castigada, como reo de estupro, con la pena de prisión menor. La pena se aplicará en su grado máximo cuando el delito se cometiere por ascendiente o hermano del estuprado.

Se dice también que comete estupro la persona que, interviniendo engaño, tuviera acceso carnal con otra mayor de doce años y menor de dieciséis, y en este caso la pena será de arresto mayor.

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_