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Criterios restrictivos para el establecimiento de la banca extranjera en España

El Consejo de Ministros aprobará en su próxima reunión, si ésta no se dedica monográficamente a Canarias, el decreto que regula la entrada de bancos extranjeros en España. Este decreto, preparado desde hace varios meses y actualmente firmado, se ha convertido en una especie de Guadiana que aparece y desaparece del índice del Consejo y que, hasta ahora, no ha conseguido la luz verde definitiva. En esta ocasión parece que está todo ultimado y que los expertos y políticos consideran que este es el momento para abrir las puertas a los grandes bancos internacionales.El decreto establece una serie de especificaciones o requisitos que deben cumplir las entidades extranjeras que sean autorizadas para instalarse en España. Además de cumplir toda la regulación bancaria específica del sistema español (coeficientes, modus operandi, etcétera), los bancos extranjeros tendrán las cinco limitaciones siguientes:

-El capital inicial será de 750 millones en el caso de sucursales y de 1.500 millones en filiales. Cuando se trate de sucursales, la razón social queda en el banco matriz y, por tanto, las garantías son mayores, que en el caso de filiales, en que la sociedad responsable del negocio se sitúa en España y depende únicamente de sus recursos sin comprometer formalmente a la matriz.

- Se establecen limitaciones en la relación de recursos en pesetas y en divisas con que podrá operar el banco. En principio está pensado que los depósitos en pesetas no puedan sobrepasar el 40 % de los activos bancarios (inversiones en créditos y valores y tesorería del banco). Esta es, sin duda, la limitación más importante, ya que la capacidad de captación de pesetas de los nuevos bancos en España será limitada y, por tanto, su capacidad competitiva con la banca nacional en la captación de depósitos, coartada. En este porcentaje está excluida la financiación a través del interbancario.

- El decreto no establece limitación a la capacidad para actuar en avales y garantías. En principio, esta medida liberalizadora no ha satisfecho a la banca nacional. Las autoridades han considerado que estimulará la competencia de la banca española, sobre todo en el área internacional.

-En materia de sucursales, de expansión, se limita a tres el número de oficinas de los bancos extranjeros. Esta limitación no parece, en principio, decisiva, ya que la mayoría de los candidatos a la instalación en España no proyectan expansiones importantes en número, de oficinas. La mayoría no pasarán de una oficina en varios años y, en todo caso, tratarán de establecerse en Barcelona, además de la central en Madrid.

- Los bancos extranjeros no podrán mantener en sus carteras títulos de renta variable, excepto en el caso de sociedades instrumentales del propio banco. Se trata de una limitación calificada de normal y que no generará problemas para la mayoría de los candidatos.

La autorización de los bancos para instalarse en España corresponderá al Ministerio de Economía, previo informe del Banco de España. Hasta que el decreto no esté aprobado y publicado en el Boletín Oficial no se aceptarán solicitudes de candidatos, aunque la mayoría de los bancos que quieren establecerse en España han hecho saber de, una u otra forma su deseo.

En medios financieros se estima verosímil que en una primera fase se autoricen entre diez y doce solicitudes. Los candidatos más firmes para una primera instalación son los siguientes bancos:

Citybank, Chase, Manufacturers, Morgan y Chemical (americanos), Banca Nationale de Paris, Paribas y Banco de Indochina y Suez (franceses), National Westminster y Barclays (ingleses), Dresdner y Deutsche Bank (alemanes), Banco do Brasil y Bank of Tokyo.

Oportunidad de la autorización

En medios financieros se estima que este momento es adecuado para la autorización de bancos extranjeros, ya que España no necesita aportaciones de divisas ni créditos internacionales, a la vista de la buena marcha del sector exterior y, por ello, tiene una posición negociadora sólida.Por parte de la banca nacional, la postura es favorable a la entrada de la competencia exterior, con las cautelas previstas.

En principio no se estima probable que ninguno de los nuevos bancos pueda operar antes del invierno, a la vista de la necesidad para preparar personal, locales y estrategia comercial. Para fin de año no es probable que lleguen a la media docena los nuevos candidatos autorizados por el Gobierno.

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