Divorcio
Divorcio, mediante "disolución"La última modificación que el consenso ha introducido sobre la regulación del matrimonio ha sido remitir su regulación ordinaria a la ley, en lugar de al derecho civil, lo que hace más fácil y rápido el desarrollo de esta materia, ya que una modificación del Código Civil resulta siempre más ardua que la elaboración de una ley sobre un tema específico. Asimismo, algunos observadores quisieron ver en la referencia a la ley, un marco más amplio que el meramente civil para la futura regulación- del matrimonio, aunque es obvio que el Estado carece de competencia en el ámbito canónico.
La trascendencia política que tiene la regulación pactada y después adoptada por la comisión, reside en la renuncia de los grupos parlamentarios de izquierda Y nacionalistas a la concreta alusión al divorcio, a través de la expresa mención del mutuo disenso, como causa de la disolución del matrimonio, en contraste con la posición mantenida por Alianza Popular, contraria al término disolución, punto de convergencia de las restantes fuerzas políticas.
Anteproyecto 5-1-78
«El derecho civil regulará las formas del matrimonio, los derechos y deberes de los cónyuges, las causas de separación y disolución, y sus efectos.Anteproyecto 17-4-78 Igual. Texto aprobado en comisión «La ley regulará las formas del matrimonio, los derechos y deberes de los cónyuges, las causas de sep ración y disolución y sus efectos.
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