Culminada la reforma del Código de Justicia Militar
La remisión a las Cortes del Plan Energético y del proyecto de reforma del Código de Justicia Mil¡tar, por el que se reduce la competencia de la jurisdicción castrense, así como la ampliación hasta el próximo día 30 de junio del plazo de presentación de las declaraciones del impuesto sobre la renta, fueron los principales acuerdos adoptados por el Consejo de Ministros reunido ayer en el palacio de la Moncloa. Otro acuerdo que reviste importancia en estos momentos, dada la conflictividad existente en la enseñanza, es la decisión adoptada por el Gabinete de enviar a las Cortes antes del próximo 1 de julio un proyecto de ley sobre condiciones para el acceso del profesorado estatal de EGB a la dedicación exclusiva desde el próximo curso.
Al margen de los acuerdos, el Consejo de Ministros fue informado por el ministro de la Presidencia de los trabajos preparatorios sobre las medidas que han de adoptarse sobre Canarias, como consecuencia de la problemática estudiada por el presidente del Gobierno en su reciente viaje al archipiélago.Respecto a la reforma del Código de Justicia Militar el proyecto enviado a las Cortes, con el que culmina el programa de actuación jurídica y política prevista en los pactos de la Moncloa, reduce la competencia de la jurisdicción castrense y limita los supuestos que la determinan por razón de delito, lugar y persona, ampliando las causas de desafuero, con lo que prácticamente los delitos comunes cometidos por militares sólo quedan atribuidos a la jurisdicción militar, cuando tengan relación con el servicio.
El proyecto de ley, sobre cuya urgencia han insistido los partidos de la Oposición en diversas ocasiones en el Parlamento, plantea una nueva redacción de algunos tipos penales, con lo que determinados hechos dejan de constituir delito militar para incluirlos solamente en la esfera del Código Penal común y se fortalecen las garantías procesales y de defensa.
Ampliación del plazo sobre la declaración sobre la renta
A propuesta del ministro de Hacienda, el Gabinete aprobó un real decreto por el cual se amplía hasta el 30 de junio próximo el plazo de presentación de las declaraciones correspondientes, tanto del impuesto general sobre la renta de las personas físicas como del impuesto extraordinario sobre el patrimonio de las personas físicas. La prórroga -precisa la referencia- viene exigida por el retraso en la distribución de los impresos de declaración tributaria que ha supuesto el trámite legislativo para la aprobación en el Congreso de Diputados y en el Senado de la ley por la que se establece una nueva tarifa reducida del impuesto general sobre la renta aplicable al año 1977.
En lo que se refiere al proyecto de ley sobre condiciones de acceso del profesorado estatal de EGB a la dedicación exclusiva, el texto será remitido para su tramitación en las Cortes antes del 1 de julio próximo, al objeto de que si las Cortes lo aprueban pueda aplicarse en el curso 1978-79, a fin de perfeccionar la organización de los centros de EGB en función de las nuevas dedicaciones del profesorado y acordar las oportunas transferencias de créditos. El ministro de Educación y Ciencia, Iñigo Cavero, informó al Gabinete sobre las características del conflicto del profesorado de EGB y sobre las diferentes reivindicaciones planteadas. En relación con éstas, el Ministerio de Educación y Ciencia, según la referencia del Consejo de Ministros, incluirá la regulación de la jubilación progresiva de estos funcionarios, en el proyecto de ley de estatuto del profesorado en armonía con la ley de la Función Pública. El Gabinete contrastó la imposibilidad de atender a determinadas reivindicaciones de aumento de retribuciones, ya que los presupuestos aprobados por las Cortes para 1978 no contienen las partidas necesarias para hacer frente a aquéllas, y la incidencia de los pactos de la Moncloa condiciona el desequilibrio entre gastos corrientes y de inversión.
Amnistía para los funcionarios de la Generalidad
En desarrollo a anteriores; disposiciones sobre inclusión en los beneficios de la amnistía a los funcionarios públicos en general, así como a los de Administración local, el Consejo de Ministros también acordó ayer aprobar un real decreto para la aplicación de la amnistía a los funcionarios de la Generalidad de Cataluña. La disposición comprende a los funcionarios de la Generalidad nombrados por la misma desde la fecha de entrada en vigor del Estatuto de Cataluña.
Por otra parte, a propuesta de los ministros de Hacienda, Interior y Obras Públicas, el Gabinete aprobó un real decreto por el que se regula el sistema de aportación obligatoria para adaptar parcialmente los presupuestos especiales de urbanismo con cargo a los presupuestos municipales ordinarios.
Con este real decreto se trata de evitar la incidencia sobre los presupuestos ordinarios de los ayuntamientos de la obligación que tienen de consignar un 5% de los mismos para constituir el patrimonio municipal del suelo, y otro 5% para la ejecución de urbanizaciones previstas en el programa de actuación.
La nueva regulación modifica el procedimiento establecido en el artículo 194 de la ley del Suelo, facultando a estos ayuntamientos para incluir las aportaciones destinadas a financiar los presupuestos especiales de urbanismo en un presupuesto extraordinario financiado mediante concierto de una operación de crédito. Esta norma tiene también como finalidad la aplicación de los impuestos sobre solares y sobre el incremento del valor de los terrenos a partir del 1 de enero de 1979.
La nueva regulación que se establece introduce en la normativa vigente las siguientes modificaciones:
a) La facultad potestativa otorgada a los ayuntamientos para acordar el establecimiento de los impuestos municipales autónomos, se transforma en una obligación para las capitales de provincia, municipios con población de derecho no inferior a 20.000 habitantes y a aquellos otros que determine el Gobierno, a propuesta conjunta de los Ministerios de Hacienda, Interior y Obras Públicas y Urbanismo.
b) El establecimiento de estos impuestos, que debe ser acordado por los ayuntamientos obligados, antes de transcurridos tres meses de la publicación de la norma, no queda sujeto a la aprobación de los planes de ordenación o normas complementarias y subsidiarias, ni a los proyectos de delimitación.
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