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Inminente publicación del decreto de transferencia de la AISS a la Administración

El Boletín Oficial del Estado publicará en breve el decreto sobre transferencia de unidades y servicios de la Administración Institucional de Servicios Socioprofesionales (AISS) a la Administración central del Estado, según han manifestado a Europa Press fuentes bien informadas. No se trata de la transferencia del patrimonio, que será objeto de posteriores disposiciones.El texto, al que ha tenido acceso esta agencia, y que podría tener correcciones, indica que la transferencia se hace con las funciones y con los elementos personales y materiales integrados en cada unidad o servicio. El Ministerio receptor acordará el régimen aplicable a las mismas y su incorporación, modificación, fusión o supresión.

Las unidades y servicios integrados en la AISS quedan transferidos a la Administración del Estado en la siguiente forma:

- La Obra Sindical de Colonización, al Ministerio de Agricultura.

- El Comisariado de la Feria del Campo, al Ministerio de Comercio y Turismo.

- La cadena de emisoras sindicales, la agencia Servicio de Información Sindical, el archivo general y el diario Pueblo, al Ministerio de Cultura.

- El servicio de estadística, el servicio de consejos económico-sociales y el centro de cálculo del secretariado de administración y finanzas, al Ministerio de Economía.

- La Obra Sindical de Artesanía y los servicios del secretariado de asuntos económicos, al Ministerio de Industria y Energía.

- La Obra Sindical del Hogar, al Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo.

- Los centros sociales asistenciales y la Obra Sindical de Previsión Social, al Ministerio de Sanidad y Seguridad Social.

- Las cofradías de pescadores, al Ministerio de Transporte y Comunicaciones.

- Al Ministerio de Trabajo pasan la Obra Sindical de Educación y Descanso, la Obra Sindical de Formación Profesional, el Servicio de Formación Sindical, la Obra Sindical de Cooperación, el Servicio de Relaciones Exteriores Sindicales y agregadurías laborales, el

Instituto de Estudios Sindicales, la oficina de convenios colectivos, la oficina de estatutos y organizaciones profesionales, el servicio de asistencia jurídico-laboral y el servicio de elecciones y representación sindical.

- Las unidades provinciales de los servicios del secretariado de asuntos económicos no transferidos al Ministerio de Industria y el Iresco, al Ministerio de Comercio y Turismo.

Los funcionarios de los respectivos cuerpos o escalas a extinguir prestarán sus servicios en aquellos ministerios, organismos o entidades que se hagan cargo de las funciones que venían siendo desempeñadas por la AISS.

Los funcionarios de la AISS que en la fecha de entrada en vigor de este decreto tengan, al menos, sesenta años de edad o hayan prestado más de treinta años de servicio activo, tendrán derecho a la jubilación voluntaria.

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