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La Iglesia, pieza clave en el adoctrinamiento social del régimen moderado

El IX Coloquio del Seminario de Estudios sobre los siglos XIX y XX, del Centro de Investigaciones Hispánicas, radicado en la Universidad de Pau, ha estado este año dedicado al tema Constitución legal y Constitución real en el Estado español de los siglos XIX y XX. Alrededor de setenta profesores y unos cuarenta estudiantes de diez universidades españolas y de otras tantas francesas se reunieron los pasados días 31 de marzo, 1 y 2 de abril, en la facultad de Letras de Pau, para intercambiar ideas, métodos de investigación y reflexiones en torno al conflicto entre Constitución legal y Constitución real, «el problema, en definitiva -en palabras del profesor Artola-, de la representatividad del régimen predominante».

ENVIADO ESPECIALUn régimen que, según el mismo profesor Artola, de la Universidad Autónoma de Madrid, «se caracterizó por su estabilidad, apenas interrumpida por breves, aunque importantes, experiencias revolucionarias».Al hilo de su «reflexión, que no ponencia», sobre El sistema de poder en la España contemporánea, Miguel Artola insistió en la idea de esta estabilidad de la Constitución legal que, de hecho, se produce a lo largo de los ochenta años que van del triunfo moderado a Primo de Rivera, período en el que no llega al 10 % el tiempo de gobierno progresista. Desde la consideración de los dos elementos que componen todo régimen («Un sistema político que es el conjunto de actores y normas que permiten llegar a soluciones transaccionales en los conflictos y un sistema de poder que se ocupa de imponer a la sociedad las decisiones políticas.»), Artola analizó el funcionamiento del régimen moderado poniendo especial énfasis en los dos procedimientos que el sistema de poder pone en juego para obtener sus fines. De una parte, el sistema de poder realiza esta función buscando convertir las decisiones políticas en valores sociales que los individuos interiorizan a través del adoctrinamiento. Por otra, y dado que el poder no tiene nunca la certeza de la eficacia de su acción socializadora, recurre a la compulsión estableciendo un sistema de sanciones que aseguren el cumplimiento de las leyes.

El término «socialización» que Artola utilizó para definir la labor de adoctrinamiento sería cuestionado por varios de los participantes en el coloquio, entre ellos el profesor Tuñón, quien, en defensa de la utilización de una terminología unívoca para que la Historia no pierda rigor científico, prefiere que el término socialización siga constreñido a su aceptación tradicional.

En cualquier caso, y haciendo abstracción del término que se utilice para definir una situación en la que una minoría consigue mantenerse en el poder durante tanto tiempo, porque tiene una capacidad de persuasión, de convencimiento, Artola concluye que, efectivamente, la larga duración del régimen moderado fue el fruto del excelente funcionamiento de su sistema de «socialización», sistema que, pese a todas sus tintas negras, fue considerado bastante satisfactorio para una gran parte del sistema social. El control estatal de la enseñanza (ley Moyano) y de la justicia, cuya independencia es puramente teórica en cuanto que los funcionarios son nombrados por el Gobierno; la colaboración fundamental de la Iglesia, que desde púlpitos y escuelas se ocupa de educar a los ciudadanos en el respeto a los valores de la sociedad burguesa, y toda la política restrictiva en materia de imprenta son algunos de los elementos que permitieron al régimen moderado su permanencia, sin apenas tener que recurrir, salvo en contadas excepciones, a procedimientos compulsivos.

En respuesta a determinadas objeciones sobre esta conclusión última, Artola señaló que el régimen moderado soportó con tanta facilidad la contestación a su poder que ni siquiera necesitó organizar formalmente un sistema de policía, algo que sólo sucedería muy avanzado el siglo XX.

El profesor de la Universidad de Deusto García de Cortázar expuso, como una continuación lógica del estudio general del sistema de poder del último cuarto de siglo, su análisis de La beligerancia de la Iglesia en el marco de la Constitución de 1876.

«La Iglesia, fundamentalmente su jerarquía, a lo largo de su transcurrir definitorio y ordenatorio, se ha ido cargando, paulatinamente, de las actitudes del puro poder.» La Constitución de 1876, al definir la confesionalidad del Estado, hizo posible la actividad vigilante de la Iglesia respecto a esa confesionalidad. Los obispos españoles, «más próximos a la cruzada que al ecumenismo», aprovecharon su presencia en el Senado para algo más que una pura labor de colaboración técnica a la hora de colegislar, buscando por encima de todo la afirmación eclesiástica.

Es en el terreno de la enseñanza -sigue García de Cortázar- donde la Iglesia se apresta en este período a mantener su más dura lucha. Se plantea el problema de la libertad de enseñanza y la Iglesia asume sus postulados desde esa peculiar interpretación que ya no va a abandonar hasta nuestros días. Aludió el profesor de Deusto al papel fundamental desempeñado en esta cuestión por la revista Razón y Fe, que, dirigida por los jesuitas, tenía como fin primordial la defensa de la función docente de la Iglesia. Por otra parte, contra los intentos de Romanones, en 1913, de plantear abiertamente la libertad de recepción de la enseñanza religiosa en las escuelas públicas para los hijos de padres no católicos, se levantó toda una espectacular reacción católica en la que destacó Angel Herrera, director de El Debate, cuyo poder de movilización callejera asustaba al Gobierno. «En la raíz de estos intentos de la política liberal aparecía, más que el oportunismo anticlerical de períodos anteriores, un deseo de profunda reforma de las estructuras y contenidos educativos, abanderado por fuerzas como la Institución Libre de Enseñanza, cuya defensa de las escuelas privadas laicas fue lo que más asustó a una Iglesia empeñada en no ceder su pretendido derecho a intervenir en materia de enseñanza. Sin embargo, la discusión quedaría reducida al terreno ideológico, pues, en la práctica, en el primer decenio del siglo XX, las escuelas laicas apenas pasaban del centenar, frente a las casi 5.000 escuelas católicas.

El profesor Pierre Malerbe, de la Universidad de Toulouse, cerró el turno de ponencias del primer día del coloquio con su estudio sobre La práctica constitucional bajo la dictadura de Primo de Rivera, «un período del que, en realidad, sabemos muy poco para entender con un mínimo de claridad el hecho real de que nunca en la historia se ha producido tanto consenso ante tanta arbitrariedad». La explicación la encuentra Malerbe en la circunstancia de que, de hecho, todas las dictaduras son opacas y presentan enormes dificultades para su análisis y estudio.

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