Nuevo reglamento para el Canal de Isabel II
El Boletín Oficial del Estado de ayer publicaba un real decreto del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo por el que se aprueba el nuevo reglamento del Canal de Isabel II, que viene a sustituir al actualmente vigente, que data del mes de noviembre de 1975.Según este nuevo reglamento del Canal, éste se define como una empresa pública, con plena personalidad jurídica independiente de la del Estado y plena capacidad para el desarrollo de sus fines -el suministro de agua potable-, pero dependiente del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, a través de su Dirección General de Obras Hidráulicas.
El consejo de administración estará presidido por una persona nombrada por el Gobierno e integrado por siete vocales designados por éste y por otros cuatro, en representación de las corporaciones locales.


























































