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Congreso: actividades del Congreso y el Senado

"La Constitución entrará en vigor en mayo o junio"

«Pienso que para finales de curso, mayo o junio, la Constitución entrará en vigor, después de que se discutan las enmiendas, se debata el texto por la comisión y el Pleno, y después de pasar al Senado se celebre el referéndum para aprobarla», declaró Miguel Herrero de Miñón, miembro de UCD en la ponencia constitucional del Congreso, en la capital mallorquina, adonde viajó para pronunciar una conferencia en el Ibede (Instituto Balear de Dirección de Empresa).«Esta Constitución ha sido hecha -dijo- con el consenso de todas las fuerzas políticas del país y no como las de 18 12 y 1931, que se hicieron contra las derechas, o, por el contrario las de 1834 y 1845, donde las izquierdas quedaron marginadas. En estos momentos, en España nos encaminamos hacia un sistema semejante al de Francia, ellos con una república y nosotros con la consolidación de la Monarquía. Parece que tenemos el grado suficiente de desarrollo para que la Constitución pueda tener una amplia vigencia. »

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El señor Herrero de Miñón hizo hincapié en que no ha existido ningún tipo de presiones por parte de la Conferencia Episcopal sobre las modificaciones en torno a la confesionalidad del Estado. «Nadie defiende el Estado confesional, pero existen diferentes fórmulas para que no lo sea; hemos dejado claro que no hay una religión estatal para evitar herir a un sector importante del país que se siente católico.»

«Políticamente -dijo finalmente- todos queremos una Constitución democrática en la que se contemplen las autonomías, sin perjuicio de la indiscutible e indivisible unidad de España. Serán los criterios técnicos, como los que hagan referencia a la formación del Senado, los que provocarán mayores problemas.»

Trámites sucesivos

Aunque EL PAIS ya se ha referido a este tema en diferentes ocasiones, sintetizamos a continuación los trámites por los que debe pasar el anteproyecto constitucional para su aprobación definitiva:

-Publicación oficial del anteproyecto y de los votos particulares en el Boletín Oficial de las Cortes. Plazo de veinte días naturales para la presentación de enmiendas. Informe de la ponencia respecto a estas enmiendas, con quince días de antelación, por lo menos, al inicio de los debates.

- Debate en la Comisión Constitucional del Congreso. Publicación del dictamen y de las enmiendas y votos particulares. Debate y votación en el Pleno del Congreso.

-Estudio y dictamen por la Comisión Constitucional del Senado. Debate y votación en el Pleno del Senado.

-En caso de discrepancia entre ambas Cámaras, intervención de una comisión mixta. Si no hay acuerdo, la decisión se adoptará por mayoría absoluta en las Cortes, en sesión conjunta de ambas Cámaras.

-Referéndum de la nación, antes de que la Constitución sea sancionada por el Rey.

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