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La banca sólo entregará a Hacienda la relación nominal de sus cuentacorrentistas

Expertos del Ministerio de Hacienda y de la banca tratan estos días la instrumentación de las disposiciones fiscales contenidas en la ley de Medidas Urgentes recientemente aprobada por las Cortes y que ya ha entrado en vigor. Así lo expresa una nota remitida ayer por la Asociación de Banca privada a sus 109 afiliados (todos los bancos privados establecidos en España) y lo ha podido confirmar EL PAIS en fuentes solventes de Hacienda.La nota de la Asociación de Banca se produjo ayer como consecuencia de la publicación en un diario de la tarde de un proyecto de decreto sobre el secreto bancario, y la colaboración de la banca con la inspección fiscal. Fuentes de Hacienda y la nota de los banqueros confirman que el proyecto publicado es uno de los muchos preparados como borradores y que en este momento están ya rechazados, por no ajustarse con precisión a la legalidad vigente ni a la letra y espíritu de la ley urgente.

La nota de la asociación bancaria, según ha podido saber EL PAIS, indica a los bancos que tendrán que remitir al Ministerio de Hacienda relación nominal de sus cuentacorrentistas, pero sin expresar en ningún caso saldos o movimientos de cuenta. Hacienda prepara estos días las normas de desarrollo de las medidas fiscales urgentes. Se espera que la próxima semana estas normas, estén redactadas y pasen a dictamen preceptivo del Consejo de Estado. Una de estas normas, la relativa a la regulación de situaciones fiscales, tendrá rango de decreto, y deberá tramitarse en Consejo de Ministros. Las otras tendrán rango de orden ministerial y están referidas al secreto bancario, al impuesto sobre el patrimonio neto, al apoyo fiscal al empleo, a la elusión de impuestos a través de sociedades, al recargo en el IRTP, a los saldos en moneda extranjera y a los anticipos a cuenta del impuesto de la renta.

Estas disposiciones complementarias, inexcusables para conocer la aplicación de la ley y su mecánica, no estarán en el Boletín Oficial antes de quince días.

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