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Sanciones a los que se manifiesten ante las Cortes

Dados los incidentes habidos en las cercanías del palacio de las Cortes y en la sede del Senado en fechas recientes, el Gobierno Civil de Madrid recuerda en una nota cuáles son las sanciones legales previstas para dichas acciones, informa Logos.Según el artículo 150 del Código Penal, incurrirán en la pena de confinamiento los que promuevan, dirijan o presidan manifestaciones u otras reuniones al aire libre en los alrededores del palacio de las Cortes cuando éstas estén reunidas. Los que no dirijan o presidan dichas reuniones, pero participen en ellas, serán castigados con la pena de destierro.

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