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Nueva normativa para la adquisición de viviendas sociales

Mayor libertad en la elección, agilidad en la tramitación de los préstamos y criterios más realistas en las adjudicaciones, son los principios del decreto sobre acceso a la propiedad de viviendas sociales, publicado ayer en el BOE.

Frente a las complejidades de la normativa vigente hasta ahora, la nueva legislación pretende facilitar al adquiriente las operaciones por las que, una vez obtenida la calificación subjetiva de beneficiario, puede acceder a la propiedad real de una vivienda. La normativa establece unos límites para la adscripción a los beneficios, siempre que se acuda al mercado libre -una de las innovaciones del texto-, en lo que a precio por metro cuadrado y superficie de la vivienda se refiere. El citado precio máximo -señala el decreto- será revisado trimestralmente, mediante aplicación de la fórmula polinómica prevista en la anterior normativa.Hasta ahora, el beneficiario sólo podía optar a la propiedad de aquellas viviendas construidas con el calificativo de sociales. En adelante, será posible acceder a la propiedad de una vivienda situada dentro de los límites definidos en cada caso, mediante un préstamo del 85% del valor final de la vivienda, que podrá ser solicitado en cajas de ahorro y entidades de banca privada. Estos préstamos serán, en ambos casos, computables en el coeficiente de inversión obligatoria o de regulación especial para la adquisición de viviendas sociales. Los plazos para amortizar el crédito, así como la restitución de la garantía hipotecaria constituida a su favor por el Instituto Nacional de la Vivienda, no podrán exceder en su conjunto de los veinte años. El apoyo financiero del INV consistirá en el abono, en nombre del titular, del 26% de cada una de las cuotas de amortización e intereses que haya de satisfacer el beneficiario a la entídad financiera que la haya otorgado el crédito.

Respuesta de los constructores y promotores

La nueva regulación administrativa de las viviendas sociales se espera contribuya a animar a los constructores y promotores a cubrir parte de los objetivos del plan nacional, previsto en principio para dotar de 450.000 viviendas a las clases más necesitadas.Hasta el momento, los promotores apenas habían secundado los planes de la Administración, por estimar que la normativa era absurda y no se ajustaba a la realidad. En las nuevas disposiciones, parece que el Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo -que ha absorbido competencias del anterior Departamento de Vivienda- ha consultado ampliamente a los promotores, hasta el punto de que éstos se han hecho un poco la norma a la medida, con el fin de poder acercarse a los objetivos. La realización de parte del programa previsto de viviendas sociales puede servir también para paliar el grave índice de desempleo que aqueja al sector construcción, especialmente en aquellas zonas españolas en las que es más agobiante el paro en otros sectores.

Los promotores y constructores, no obstante, siguen insistiendo en la necesidad de emprender una auténtica política de suelo, ante la escasez de solares y la tremenda repercusión que, sobre el precio final de la vivienda tiene el del suelo. Por otra parte, terminar con la especulación fue, durante la pasada campaña electoral, decidido propósito de todos los grupos y partidos políticos, sin excepción. El actual Gobierno definía, asimismo, entre sus objetivos inmediatos, la remisión al Congreso de un proyecto de ley del Suelo, que frenara la especulación.

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