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El proyecto de Constitución del PCE establece el control parlamentario del Gobierno

Un proyecto de acuerdo constitucional, en el que se establecen los grandes principios de la organización del Estado, será presentado por el Partido Comunista de España al Congreso de Diputados, según informa Europa Press. El proyecto, cuyo texto fue elaborado antes de elecciones, aunque el PCE lo sigue considerando válido, no menciona la forma de Estado, establece la disolución de las actuales Cortes tras la elaboración de la Constitución.Los principios generales en que se inspirará la organización del Estado, según el proyecto, son los de soberanía popular, funcionamiento del Estado bajo la legalidad constitucional y democrática y reconocimiento de las nacionalidades y regiones del Estado español mediante los correspondientes estatutos de autonomía. El proyecto prevé un estatuto de derechos y libertades fundamentales, que tendrá como fin garantizar, por una parte, las libertades públicas y derechos políticos mediante los instrumentos jurídicos más adecuados, y, por otra, ampliar los derechos fundamentales a ámbitos no estrictamente políticos, como son el social-económico y cultural.

El proyecto hace especial mención de los derechos de libertad de expresión e información, con la prohibición de la censura previa y el derecho de rectificación, y prevé la constitucionalización del uso de los medios públicos de información. También establece la abolición de la pena de muerte y la prohibición de la tortura física y sicológica. Todos los órganos del Estado deberán adecuar sus funciones y su actuación a los derechos y libertades establecidos en la Constitución, cuya suspensión sólo podrá ser acordada por el Parlamento por tiempo limitado,

Respecto a los poderes y sus relaciones entre sí, el proyecto establece cuáles deben ser las competencias del Jefe del Estado, entre ellas las de nombrar aljefe del Gobierno de acuerdo con la correlación de los partidos dentro del Parlamento, así como las de este organismo, cuya estructura deberá ser bicameral: Congreso y Senado. El Gobierno, por su parte, deberá ser responsable ante el Parlamento y podrá adoptar decretos-leyes, dentro de los límites previstos en la Constitución, que serán sometidos al Parlamento.

En lo que se refiere al poder judicial, éste deberá ser independiente, sin jurisdicciones especiales, y dispondrá de su propia policía. Un consejo superior de la Magistratura, elegido democráticamente por los jueces, será competente para el nombramiento y cese de los jueces, así como para la aplicación del estatuto. Se mantiene la separación de la Iglesia y del Estado, con el expreso reconocimiento del principio de libertad religiosa y la posible cooperación estatal al mantenimiento económico de la Iglesia, y se establece un procedimiento de reforma de la propia Constitución que no exija el referéndum ni la disolución del Parlamento. El control constitucional estaría a cargo de un tribunal constitucional.

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