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El Consejo de Ministros estudia hoy la libre sindicación de funcionarios

La libre sindicación de los funcionarios públicos, excluidos los que prestan servicios en los cuerpos armados, puede ser aprobada por el Consejo de Ministros que hoy tiene lugar. En tal sentido, Presidencia del, Gobierno lleva a la reunión del Gabinete un proyecto de decreto que complementa la ley de Asociación Sindical, en la que se establece que la sindicación de los funcionarios será regulada específicamente.

El citado proyecto de decreto había sido presentado con anterioridad en sendas reuniones ministeriales, en las que no llegó a prosperar. La razón de que fuera rechazado en ambas ocasiones estriba, al parecer, en que se pretendía considerar, conjuntamente, con otro decreto también relativo a los funcionarios, en este caso los adscritos a la desaparecida Organización Sindical y actual Administración Institucional de Servicios Socioprofesioales (AISS) por el que se establece el paso de este colectivo funcionarial a la Administración Central del Estado.Se trataría, pues, de compensar el malestar que se deja sentir en la Administración por la llegada de los funcionarios sindicales (operación contenida en el proyecto de decreto que en tal sentido presentara De la Mata al Consejo de hoy), con la previsible favorable acogida que tendrá el reconocimiento de la libertad de sindicación de los funcionarios (véase EL PAIS de ayer).

El proyecto de decreto sobre sindicación de funcionarios consta, según la información obtenida por EL PAIS, de tres artículos, una disposición transitoria y otra derogatoria. En el primer artículo se delimita el ámbito de aplicación del decreto, del que quedan excluidos los Funcionarios al servicio de los cuerpos armados. El artículo segundo establece, en sencillos términos, el reconocimiento de la libertad de sindicación de los funcionarios. La mayor novedad contenida en el texto legal figura en su tercer artículo, que establece un registro especial para las asociaciones sindicales de funcionarios, dentro de la oficina de registro ya establecida en la AISS.

La disposición transitoria establece un plazo de tiempo determinado para la reconversión de las asociaciones profesionales de funcionarios, constituidas al amparo del correspondiente decreto (y cuya oficina de registro estaba en la Dirección General de la Función Pública) ahora derogado. También queda derogado el decreto de participación de los funcionarios a través de órganos paritarios.

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