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Juicio por supuestos malos tratos contra tres policías

Dos horas y media ha durado el juicio de faltas celebrado ayer en el Juzgado de Instrucción número 2 de Madrid contra Álvaro Valdemoro, José María González Reglero y José Luis Montero, funcionarios de la Brigada de Investigación Social, acusados de malos tratos y lesiones a Fermín Espejo, de veintiún años de edad, estudiante de Magisterio.

Detenido el día 25 de agosto de 1975, fecha en que entró en vigor el decreto-ley sobre prevención del terrorismo, junto a la estación de metro del Hospital Clínico de Barcelona, dicho estudiante fue acusado de pertenecer al Frente Revolucionario Antifascista y Patriota (FRAP). Según el denunciante, fue objeto de malos tratos y de lesiones, que precisaron tratamiento médico en el tiempo que estuvo detenido tanto en Barcelona como en Madrid, a donde fue trasladado desde la Ciudad Condal.

A preguntas del juez del ministerio público de la acusación privada a cargo de la letrado Cristina Almeida y del ahogado defensor de los denunciados, el denunciante declaró que fue detenido hacia las ocho y media de la tarde del día 25 de agosto de 1975 y fue interrogado sin interrupción hasta las cuatro de la madrugada del día siguiente en la sede de la Jefatura Superior de Policía de Barcelona. Según sus declaraciones, fue golpeado en el pecho y en el hombro, lo que le produjo los correspondientes hematomas, y en un momento dado se dio cuenta que sangraba abundantemente como consecuencia de una herida en la cabeza.

Según el ministerio público, no existen pruebas de que dichas lesiones fueran consecuencia de acciones violentas de los denunciados y, por otra parte, los hechos no serían de la competencia de la autoridad judicial de Madrid, sino de la de Barcelona, por haberse producido en esta ciudad. Por su parte, el abogado defensor de los denunciados alegó que la herida en la cabeza se la produjo el propio denunciante al ser detenido y caer al suelo como consecuencia de su resistencia a los funcionarios de la policía. Finalmente, la acusación privada puso de manifiesto que no puede aceptarse esta versión, pues no se abrió a su defendido ningún sumario por resistencia a la autoridad ni tampoco consta que fuera trasladado a la casa de socorro, como debió hacerse si efectivamente se hirió al golpearse contra el suelo. Por otra parte, tras manifestar que la causa abierta a su defendido por asociación ilícita fue sobreseída, la acusación expuso que el hecho de la herida en la cabeza y de los hematomas estaba claro, y así constaba en los correspondientes partes médicos de la Dirección General de Seguridad, por lo que debía condenarse a los denunciados.

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