Nuevo concierto económico para Alava hasta el año 2001
Con una vigencia de veinticinco años, a partir del día 1 de enero de 1977, el Boletín oficial del Estado publica un real decreto por el que se aprueba el nuevo concierto económico para la provincia de Alava que sustituye al hasta ahora vigente.El nuevo concierto económico dispone que la Diputación de Alava tendrá amplias facultades para mantener y establecer, respecto a los impuestos, concertados, el sistema tributario que estime pertinente. La Diputación gestionará e inspeccionará los tributos concertados y podrá solicitar cuántos datos estime oportunos de los organismos y funcionarios públicos para la exacción y filcalización de los impuestos que a ella compete.
La Diputación foral adoptará los acuerdos pertinentes al objeto de aplicar en Alava las normas fiscales de carácter excepcional o coyuntural que el Estado decida aplicar en territorio común, estableciendo igual período de vigencia que el señalado para dicho territorio.
El texto regulador delimita los casos en que será la Diputación de Alava quien regule y exencione los impuestos directos, en concepto de contribución territorial rústica y pecuaria, contribución territorial urbana, IRTP, impuestos sobre las rentas de capital, sobre los beneficios y demás entidades jurídicas, sobre sucesiones, sobre tráfico de empresas, lujo, impuestos especiales y tasas fiscales. En general, todas estas contribuciones serán exigidas por la Diputación foral, excepto en los casos en que, por su incidencia en el ámbito del territorio común, correspondan al Estado.
Los cupos parciales que por los diferentes tributos concertados deberá satisfacer la Diputación de Alava en 1977, ascenderán a un total de 4.359 millones de pesetas. Por lo que respecta a los gastos compensables por los servicios de carácter general realizados por la Diputación en lugar del Estado en 1977 se cifran en 1.370 millones. En total, el cupo líquido a ingresar por la Diputación foral de Alava al Estado durante el ejercicio de 1977 se eleva a 2.989 millones de pesetas.
Este cupo líquido será objeto de revisión anual y su ingreso se verificará por la Diputación de Alava en la Delegación de Hacienda de la provincia por terceras partes, dentro de los meses de mayo, septiembre y diciembre.
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