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Condiciones para solicitar viviendas sociales

A partir de mañana, 20 de diciembre se admite la presentación de solicitudes de calificación subjetiva, para todas aquellas personas interesadas en la adquisición de viviendas sociales pertenecientes al plan previsto por el Ministerio de la Vivienda y sancionado por los reales decretos de 30 de julio y 16 de septiembre de este año.Las condiciones que los solicitantes habrán de reunir se ciñen sobre aquellos casos en los que los interesados perciban anualmente unos ingresos no superiores a 430.000 pesetas entre ambos cónyuges, después de las deducciones por impuestos y cuotas de la Seguridad Social. En casos relativos a familias numerosas, los ingresos habrán de ser inferiores a 752.000 pesetas anuales para los de tercera categoría, 645.000 pesetas para las de segunda, y 537.000 para las de primera categoría.

Asimismo, se dará prioridad a. las solicitudes en las cuales los solicitantes, o bien necesiten viviendas para constituir hogares independientes, o bien se encuentren en situación de matrimonio inminente; que. los que soliciten estas viviendas- ocupen pisos que no reúnan condiciones adecuadas de habitabilidad o sean insuficientes para atender a las necesidades familiares, o se hallen en trance de desalojar sus viviendas por razones de expropiación forzosa o de desahucio. Todas las solicitudes tendrán que cumplimentarse, necesariamente, en un Impreso oficial que se expide en la Delegación Provincial de la Vivienda, en la calle de Basílica, 23, de Madrid.

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