Matrimonio civil
Yo realicé mi matrimonio civil en Francia, en donde he vivido junto a mi esposa hasta hace escasos días. Al llegar a España nos interesamos en el Ministerio de Justicia por la legalízación del mismo. Allí se nos informó de que debíamos presentar un dossier con una serie de documentos y, entre ellos, el de la renuncia a la fe católica, ya que, al ser bautizados y no desear efectuar un matrimonio eclesiástico, sino civil, así nos obligaba la Ley.Para obtener este documento debíamos personarnos -ante los respectivos Párrocos de las parroquias donde fuimos bautizados. Así lo hice yo, sin ningún problema, ante el cura-párroco de la mía. Pero la cosa se embrolló cuando tuvo que hacerlo mi esposa. Fuimos los dos a ver a don Cesáreo, títularde una parroquia enlacalle de Alcalá, quien, además de recibirnos con cajas destempladas, nos dijo que él no tenía nada que hablar con los que renegaban de la Iglesia. Al informarle nosotros que eso suponía una obstrucción a la Ley, nos contestó que «la Ley la cumplan ellos». Don Cesáreo, haciendo mutis por el foro, pasó el tercio a su sacristán, quien, con cierto cachondeo, nos dijo que fuéramos a por cuarenta abogados.
Sin duda alguna que e1 hecho es demostrativo de una legislación que, aunque nueva, está ya trasnochada. En Francia, y supongo que así ocurrirá en el resto de Europa, el católico que quiere casarse por lo civil no necesita renegar de su fe, puesto que el matrimonio civil está autorizado sin ningún tipo de restricciones.
Pienso que dentro de la llamada «transición hacia la democracía», de la que tanto habla el Gobierno, y en la que se dice va a ser reformada nuestra legislación, debiera tenerse también en cuenta la legisI.ación referente.al matrimonio.
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