Control estricto del precio de 23 productos
El Gobierno publicó ayer, en el Boletín Oficial del Estado, la lista de productos básicos que serán objeto de control para que sus precios se mantengan hasta mediados del próximo año. Asimismo se reestructura la lista de productos sujetos al régimen de precios autorizados y de vigilancia especial.
Por lo que respecta a la lista de productos básicos que se convertirán en el auténtico freno de la tasa de inflación, por cuanto la mayoría de los incluidos corresponden a los de mayor ponderación en el índice del coste de la vida son los veintitrés siguientes: patatas; pescadilla grande congelada; sardinas, boquerones, jurel o chicharro fresco; carnes de añojo de segunda, de vaca congelada, de cerdo fresca de segunda y pollos; leche; huevos; pan autorizado; pastas; aceites de oliva y soja; arroz; azúcar; conservas de tomate; jamón cocido y mortadela; vino común; confecciones; calzado corriente; alquiler vivienda; gas ciudad y butano para usos domésticos; detergentes domésticos; transporte urbano colectivo; teléfono, y libros de texto.Las listas de productos sujetos a vigilancia especial y a precios autorizados sufren una importante reestructuración, aunque no son demasiados los que quedan en libertad. De la comprobación de las listas de productos autorizados y de vigilancia especial aparecidos ayer en el BOE y los vigentes hasta entonces, los productos que quedan en libertad de precio y, por tanto, que experimentarán aumentos son la mantequilla, aceite de girasol y semilla, chocolate, gaseosas, sábanas, rodamientos y cojinentes a bolas, prensa diaria, peluquerías, bebidas alcohólicas, chorizo, salchichón, tabaco, pan de molde, automóviles y sociedades médicas e igualas.
La razón de esta revisión efectuada en los precios de los productos sujetos a los regímenes de precios autorizados y de vigilancia especial se debe, según Presidencia del Gobierno, a una necesaria adecuación a las actuales circunstancias, teniendo en cuenta el doble objetivo fundamental de reducir la inflación y no incidir negativamente en la reacfivación económica. Ello explica la exclusión del régimen de precios autorizados de determinados sectores industriales cuya decidida aportación al proceso de. reactivación resulta indispensable.
En el articulado del real decreto se pone de relieve que durante el período de vigencia de las listas de productos básicos, el INE informará al Gobierno, del resultado de la variación mensual de la medida ponderada de los pretios de los productos especificados en la lista.
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